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Justicia

Condenan a 15 años a ex oficial naval por secuestro de cuatro campesinos

Fuente: Diario Electronico El Mostrador. 

15 de Noviembre del 2006

Caso Lago Ranco

Por  Gabriel Angulo

En inédito fallo, la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago aplicó esta elevada condena, la más alta dictada por un tribunal de alzada en casos supuestamente amparados por la vigencia de la Ley de Amnistía, luego de acoger los argumentos de los querellantes para modificar el cargo de homicidio calificado que pesaba contra Héctor Rivera Bozzo por el de secuestro calificado.

A una condena de 15 años y un día en su grado máximo fue condenado el oficial en retiro de la Armada Héctor Sergio Rivera Bozzo, como autor del secuestro calificado de cuatro campesinos de la comuna de Lago Ranco, en la Décima Región, ocurrido el 16 de octubre de 1973.

La decisión fue adoptada, en fallo dividido, por la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, con los votos del ministro Mario Rojas y el abogado integrante Nelson Pozo y con el pronunciamiento de minoría del magistrado Jorge Zepeda.

De esta manera, el tribunal revocó un dictamen del ministro Joaquín Billard, quien en febrero pasado había condenado a Rivero Bozzo a cinco años y un día de prisión por los homicidios calificados de Cardenio Ancacura Manquián, Teofilo González Calfulef, Manuel Jesús Hernández Inostroza y Arturo Vega González, todos sin militancia política conocida.

Se trata de la condena más alta dictada por un tribunal de alzada por las violaciones a los derechos humanos registradas durante la dictadura militar y que, supuestamente, se encuentran amparados por la ley de Amnistía, es decir, aquellos perpetrados entre el 11 de septiembre de 1973 y el 11 de mazo de 1978.

De hecho, sólo es superada por un dictamen de primera instancia que en enero dictó el juez Alejandro Solís, que sentenció a de 18 años de cárcel al teniente coronel de Ejército Hugo Guerra Jorquera por 11 secuestros calificados de campesinos de la Décima Región en octubre de 1973.

El tribunal de alzada, además, consideró que la investigación del caso está incompleta, por lo que resolvió reabrir el sumario para que Billard indague la responsabilidad que habrían tenido los civiles Javier Vera Jumemann, Rodolfo Mondión Romo, Christián Borquez Bernucci y Julio Vera Arraigada, sindicados como integrantes del grupo de ultraderecha Patria y Libertad.

De este modo, fue revocada una resolución en consulta del 25 de junio del año 2002, que los había favorecido con el sobreseimiento parcial del caso.

De homicidio a secuestro

En su dictamen, los magistrados acogieron los argumentos del abogado querellante Hugo Gutiérrez, quien había planteado la necesidad de modificar el cargo de homicidio calificado por el que había sido condenado el ex militar al de secuestro calificado.

En esa línea, el fallo expresa entre sus argumentos que, tratándose de un secuestro de carácter permanente, "se origina un estado en el cual la conducta típica se prolonga en el tiempo hasta el cese de la conducta coactiva y en tal circunstancia, la prolongación de la coacción o atentado en contra de la libertad del otro, determina la permanencia del ilícito en el tiempo".

Agrega que "el delito de secuestro que afecta hasta el presente a las víctimas y que se enmarca en el artículo 141 del Código Penal, corresponde, además, al delito descrito en el artículo II, de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, suscrita en Belén de Pará, Brasil, el 9 de junio de 1994", que "señala la extrema gravedad de este delito y su carácter continuado o permanente, mientras no se establezca el destino o paradero de la víctima".

El caso Lago Ranco

El dictamen funda su convicción en que "el día 16 de octubre de 1973, de madrugada, en el pueblo de Lago Ranco, Región de Los Lagos, un grupo de sujetos, encabezado por el encartado Héctor Sergio Rivera Bozzo, procedieron a la detención de 4 personas: Cardenio Ancacura Manquián; Teofilo González Calfulef; Manuel Jesús Hernández Inostroza y Arturo Vega González".

Agrega que todos ellos "fueron embarcados a bordo de una nave, la cual se internó en aguas del Lago Ranco, sitio desde el cual se perdió todo rastro de dichas personas, desconociéndose el actual paradero de los detenidos ya señalados".

Antecedentes aportados en el curso de la investigación señalan que las víctimas fueron delatadas por vecinos luego del golpe militar del 11 de septiembre como supuestos simpatizantes del gobierno de Salvador Allende y, posteriormente, detenidos por arabineros.

Los primeros procesamientos habían sido dictados por el ex juez Juan Guzmán Tapia, quien en abril de 2002 dispuso una reconstitución de escena a bordo de una embarcación en el lago Ranco, oportunidad en la que participaron ex uniformados y testigos.

 

En la Jipol interrogaron a nexo DINA con la Colonia Dignidad

En la Jipol interrogaron a nexo DINA con la Colonia Dignidad

Comandante (R) Guy Neckelmann declaró ante juez Zepeda por muerte de Juan Maino

El militar estuvo a cargo de la sede de la DINA en Parral y fue el encargado de los hostigamientos y seguimientos a los opositores de la dictadura militar en esa región.


www.lanacion.cl

Por
Andrés López Vergara

Foto: El ministro Jorge Zepeda a cargo del proceso por la muerte de Juan Maino Canales

El ministro en vista del caso Colonia Dignidad, Jorge Zepeda, interrogó ayer por seis horas al teniente coronel (R) Guy Neckelmann, ex jefe de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) en Parral, por su responsabilidad en el asesinato del militante del Mapu, Juan Maino Canales, ocurrido en mayo de 1976.

La diligencia se llevó a cabo en las dependencias de la Jefatura Nacional de Inteligencia Policial de Investigaciones (Jipol) con la intención de identificar la forma en que Neckelman trabajaba con los jerarcas del enclave alemán.

Esta indagatoria se enmarcaría en el pedido del gobierno alemán sobre estos antecedentes para juzgar dentro de sus fronteras al ex colaborador de Paul Schäfer, Albert Schreiber, quien está prófugo en tierras germanas.

Alemania decidió el mes pasado investigar al ex traductor del “tío permanente” para iniciar un proceso por los delitos de asociación ilícita y tenencia ilegal de armas. El magistrado ha trabajado intensamente durante estos días para cumplir con los requerimientos.

Nexos

A mediados de los setenta, la DINA ocupaba en Parral una casa ubicada en calle Carrera Pinto 262, cedida por Paul Schäfer, en donde se monitoreaba el accionar de personas contrarias a la dictadura militar gracias a la información entregadas por los colonos. Neckelmann hablaba perfecto alemán y cumplió algunas tareas financieras encargadas por Manuel Contreras mientras estuvo al mando de la unidad. Además tuvo entre sus funciones el hostigamiento a representantes de la Iglesia Católica de la región.

En sus dependencias vivían otros ex DINA como Rolf Wenderoth, Gómez Segovia, Augusto Deichler Guzmán y Nelson Luvvece Massera.

Desde comienzos de los años 90, la residencia fue ocupada como sede de la Asociación Nacional de Amigos de la Colonia Dignidad.

Durante un careo entre Manuel Contreras y Augusto Pinochet, salió a luz pública que Neckelmann fue uno de los encargados de incinerar los archivos del organismo represivo.

Caso Maino

Zepeda procesó en 2005 como autores del secuestro de Maino al ex jefe de la Dina, Manuel Contreras y a los ex uniformados Rolf Wenderoth, Carlos López Tapia, Osvaldo Pinchetti y Eugenio Fieldhouse, Paul Schäfer y en calidad de cómplice al doctor Hartmut Hopp.

Maino fue detenido por efectivos militares en mayo de 1976 y fue trasladado al centro de detención y tortura Villa Grimaldi, en donde se le perdió el rastro. Sin embargo, una citroneta usada en el operativo y otro automóvil del mismo modelo -que era de propiedad de Maino- fue la pista que vinculó la desaparición del fotógrafo con Colonia Dignidad.

Ambos vehículos fueron vistos en el recinto y, según diversos testimonios, los colonos los utilizaron en diversas ocasiones. LN

Villa Grimaldi: Defensa de Pinochet impugna rechazo a sobreseimiento

www.elmostrador.cl

Defensa del nonagenario ex militar estimó que el ministro Alejandro Solís no consideró una serie de antecedentes que indican que el estado mental le impide enfrentar un juicio.

La defensa de Augusto Pinochet Ugarte impugnó este jueves la negativa judicial de sobreseer a su cliente por razones de salud, en la investigación por las violaciones a los derechos humanos registradas en el centro de detención de Villa Grimaldi.

El pasado viernes, el ministro de fuero Alejandro Solís, que investiga los delitos registrados al interior del mayor recinto de reclusión de la dictadura militar, desestimó que Pinochet se encuentre privado de razón, por lo que está en condiciones de enfrentar un debido proceso.

"A pesar del leve deterioro de memoria, es competente, según los especialistas, para enfrentar un juicio penal", afirmó el magistrado, quien encausó al ex militar como autor 35 secuestros, un homicidio y 23 delitos de tortura, y decretó su arresto domiciliario.

Sin embargo, este jueves la defensa del nonagenario otrora jefe del Ejército, encabezada por el abogado Pablo Rodríguez Grez, estimó que el juez no tuvo en consideración una serie de antecedentes que indican que el estado mental de Pinochet le impide enfrentar un juicio.

“La amensia no es consecuencia de un problema siquiátrico, es consecuencia de un problema neurológico, y todos los neurólogos de este país, los más importantes profesores en esta materia, han determinado que no puede ser objeto de un proceso penal, porque no tiene la capacidad suficiente para poder reconstituir los hechos en que ha participado”, afirmó el profesional.

Entre los antecedentes que tuvo el magistrado para determinar que Pinochet sí está en condiciones para ser sometido a un juicio de reproche se encuentran los exámenes médicos practicados en el marco de la Operación Colombo, así como el propio interrogatorio al que lo sometió el pasado 18 de octubre.

"Este ministro ha interrogado personalmente al aludido y no puede menos que concluirse que mantiene, en gran parte, vigente su memoria, su capacidad para entender lo preguntado, las consecuencias de sus dichos, y su capacidad para reaccionar emotivamente”, sostuvo Solís, al fundamentar su negativa para sobreseer al ex uniformado.

Se estima que el viernes la defensa de Pinochet apelará al procesamiento dictado por Solís y solicitar la libertad provisional.

Por primera vez, Pinochet quedó preso por delitos de secuestro, homicidio y tortura

Por primera vez, Pinochet quedó preso por delitos de secuestro, homicidio y tortura

El juez Solís consideró que su libertad “es un peligro para la sociedad”

Luego de notificarlo de su nuevo procesamiento, el primero en la causa Villa Grimaldi y también el primero por el delito de tortura de personas vivas, el ministro Alejandro Solís prepara la sentencia de primera instancia, aunque deberá antes enfrentar los requerimientos de la defensa.

Por Jorge Escalante

www.lanacion.cl

Foto: Augusto Pinochet está cada día más cerca de enfrentar una condena por los crímenes cometidos durante su régimen.

Por primera vez desde que en enero de 1998 se presentó la primera querella en su contra, el ex dictador Augusto Pinochet quedó ayer con arresto domiciliario como autor de los delitos de homicidio, secuestro con desaparición y tortura, por crímenes cometidos durante su régimen en el centro de detención de la DINA, Villa Grimaldi.

Por estos ilícitos, Pinochet fue procesado el viernes por el ministro Alejandro Solís, quien previamente lo interrogó y consideró que se encontraba en condiciones físicas y mentales de enfrentar un juicio.

Hasta ahora Pinochet no había sido procesado ni arrestado por el delito de tortura.

Según lo manifestó ayer el ministro Alejandro Solís, su decisión de mantenerlo arrestado se debió a que “su libertad es un peligro para la sociedad, en atención al número de delitos que se le atribuyen”.

Procesado varias veces por el delito de secuestro con desaparición de personas, también lo fue antes por el ilícito de homicidio en la causa de la Caravana de la Muerte. En ese juicio fue encartado por el ex juez Juan Guzmán como autor de 57 homicidios y 18 secuestros con desaparición, aunque en 2001 una sala de verano de Corte de Apelaciones de Santiago, en una votación coyuntural, le cambió la calidad de autor por la de encubridor. De todas formas, Pinochet fue luego en 2002 sobreseído definitivamente por la Corte Suprema en ese caso, bajo el argumento de una “demencia progresiva e incurable”.

De esta manera, el arresto de Pinochet tiene esta vez una connotación diferente: es la primera vez que permanece en ese estado por delitos cometidos contra personas que están vivas y que se querellaron en su contra.

Salvavidas del “Mamo”

El viernes pasado el juez Solís lo procesó en la causa Villa Grimaldi por 26 casos de secuestro con desaparición, 23 casos de tortura, y el homicidio de Alejandro Ávalos Davidson, cuyo cuerpo fue encontrado posteriormente por lo que dejó de constituir la figura del secuestro, atendido éste como un ilícito de carácter permanente mientras no aparezca el cuerpo de la víctima.

Los antecedentes reunidos en el proceso no dejan lugar a dudas.

Según el dictamen del juez, la responsabilidad penal de Pinochet como el jefe superior de la DINA, dado que el general (R) Manuel Contreras era sólo el “director ejecutivo” de ese organismo.

En sus fundamentos, tanto para los casos de secuestro, homicidio y tortura, el magistrado Solís concluyó la responsabilidad de Pinochet no sólo por su propia investigación en la causa, sino que destacó uno de los últimos dichos de Manuel Contreras.

En una de sus declaraciones, el “Mamo” tiró por primera vez a Pinochet “a los leones”, manifestando que “Nunca tuve independencia y autonomía en mi actuar, lo que hizo la DINA fue conforme a las instrucciones impartidas por el general Augusto Pinochet, todo lo cual le era informado directamente y personalmente por mí al citado señor y también por escrito, ya sea en comunicaciones especiales o en el boletín informativo emitido por la DINA día a día. De las acciones desarrolladas por la DINA se comunicaba inmediatamente, esto es al día siguiente de lo ocurrido al general Augusto Pinochet, y lo hacía yo personalmente”.

Con la dictación del auto de procesamiento Del viernes, el juez Solís dio un paso relevante en el camino a convertirse en el primer magistrado que podría dictar una sentencia condenatoria -a comienzos del próximo año- en contra del ex dictador.

En todo caso, independientemente de la celeridad con que trabaja el ministro en esta causa, todo ello se verá retardado por las apelaciones de la defensa de Pinochet. Éstas se presentarán principalmente por la negativa del juez de sobreseerlo definitivamente en este juicio por su “delicado estado de salud general”, como lo pidió la defensa.

Estas apelaciones ante las cortes podrían demorar en un año más una sentencia del juez. LN

Juez considera que Pinochet es un peligro para la sociedad y ordena su arresto por torturas en Villa Grimaldi

Juez considera que Pinochet es un peligro para la sociedad y ordena su arresto por torturas en Villa Grimaldi

Enviado por Pedro Alejandro Matta <p.matta@vtr.net>

30 de Octubre del 2006


Notifican a Pinochet de procesamiento por caso Villa Grimaldi


Juez Alejandro Solís decretó arresto domiciliario contra el ex uniformado por considerar que, dado el número de delitos que se le imputan, su libertad representa un peligro para la sociedad.

El general retirado Augusto Pinochet Ugarte fue notificado este lunes de su procesamiento por las violaciones a los derechos humanos registradas al interior de Villa Grimaldi, considerando el mayor centro de detención de la dictadura militar.

Así lo confirmó el ministro instructor del caso, Alejandro Solís, quien indicó que tras la diligencia el ex uniformado, de 90 años, quedó con arresto domiciliario, por considerar que, dado el número de delitos que se le imputan, su libertad representa un peligro para la sociedad.

“Queda privado de libertad por considerar que ella es un peligro para la sociedad, en atención al número de delitos que se le atribuye, pero atendida su edad, que son 90 años, se le mantiene con arresto domiciliario", confirmó el magistrado.

El juez encausó el pasado viernes al ex militar como autor de 35 secuestros y un homicidio calificados, además del delito de torturas en contra de 24 prisioneros del centro de detención. Se trata de la primera vez que Pinochet enfrenta un procesamiento por la aplicación de tormentos.

La semana pasada, el ministro desestimó sobreseer al ex uniformado por razones de salud, rechazando el pedido de la defensa del otrora jefe del Ejército, que pidió considerar su deteriorada capacidad mental dada su avanzada edad.

En su dictamen, Solís explicó que la única forma en que el ex militar podría ser eximido de responsabilidad penal es si se llega a determinar que está "totalmente privado de razón", lo que a su parecer no se da en este caso.

Aunque la defensa del ex uniformado no ha anunciado los próximos pasos judiciales, se estima que apelará de esta ante la Corte de Apelaciones de Santiago, tal como lo hizo en la investigación por el caso Caravana de la Muerte, en el que finalmente el ex militar fue sobreseído.

En 2002, tras mantener paralizado el proceso durante casi diez meses, la Corte Suprema resolvió sobreseer a Pinochet en dicho proceso, por estimar que la "demencia subcortical" de leve a moderada que se le detectó en 2001, le impedía enfrentar un proceso penal.

En el caso también están procesados los generales Manuel Contreras, Hernán Ramírez Hald y César Manríquez, y los brigadieres Pedro Espinoza, Miguel Krassnoff y Fernando Laureani, los coroneles Marcelo Morén Brito, Haroldo Latorre, Rolf Wenderoth y Gerardo Urrich, el capitán Manuel Carevic y el suboficial Basclay Zapata, todos del Ejército y en calidad de retiro.

A ellos se suman el civil Osvaldo Romo Mena y el ex oficial de Gendarmería Osvaldo Manzo.

Pinochet sometido a proceso por Villa Grimaldi

Enviado por Pedro Alejandro Matta 

27 de Octubre del 2006


Villa Grimaldi: Juez rechaza sobreseer a Pinochet y lo somete a proceso


Tras desestimar que el ex uniformado se encuentre privado de razón, el ministro de fuero lo encausó por 36 secuestros calificados y 23 delitos de tortura. Se trata de la primera vez en que el ex militar es procesado por aplicación de tormentos. [actualizada]

El ministro de fuero Alejandro Solís sometió a proceso este viernes a Augusto Pinochet Ugarte por su posible responsabilidad en las violaciones a los derechos humanos cometidas en el centro de detención de Villa Grimaldi, durante la dictadura militar.

En esta investigación, Pinochet fue desaforado por la Corte Suprema por su eventual responsabilidad en 36 secuestros y un homicidio calificados, además de 23 casos de torturas registrados al interior del mayor centro de detención del régimen militar.

Se trata de la primera vez que el ex uniformado enfrenta un procesamiento por la aplicación de tormentos cometidas contra los opositores a la dictadura militar.

El ministro de fueron notificará de esta medida el próximo lunes al ex militar en su residencia el sector de La Dehesa, tras lo cual ordenará su arresto domiciliario.

Negativa a sobreseimiento

La medida se adoptó luego que el juez desestimara sobreseer al ex uniformado por razones de salud, rechazando el pedido de la defensa del otrora jefe del Ejército en el sentido de sobreseerlo, parcial o definitivamente, considerando su deteriorada capacidad mental.

En su dictamen, Solís explicó que la única forma en que el ex militar podría ser eximido de responsabilidad penal es si se llega a determinar que está "totalmente privado de razón", lo que a su parecer no se da en este caso.

"La enfermedad mental como causal de enajenación para eximir de responsabilidad, en atención a una incapacidad procesal sobreviviente sólo puede ser resuelta por el juez cuando el procesado esté exento de responsabilidad penal, por ser loco o demente, o por encontrarse totalmente privado de razón", agregó el juez.

Aunque la defensa del ex uniformado no ha anunciado los próximos pasos judiciales, se estima que apelará de esta ante la Corte de Apelaciones de Santiago, tal como lo hizo en la investigación por el caso Caravana de la Muerte, en el que finalmente el ex militar fue sobreseído.

En 2002, tras mantener paralizado el proceso durante casi diez meses, la Corte Suprema resolvió sobreseer a Pinochet en dicho proceso, por estimar que la "demencia subcortical" de leve a moderada que se le detectó en 2001, le impedía enfrentar un proceso penal.

"Mantiene vigente su memoria"

En su dictamen, el magistrado recordó que durante el último interrogatorio al que sometió al ex uniformado, el pasado 18 de octubre, pudo llegar a la convicción de que no se encuentra en ese estado y que, por el contrario, mantiene gran parte de su memoria en buenas condiciones.

"Este ministro ha interrogado personalmente al aludido y no puede menos que concluirse que mantiene, en gran parte, vigente su memoria, su capacidad para entender lo preguntado, las consecuencias de sus dichos, y su capacidad para reaccionar emotivamente”, agregó Solís en su resolución.

Aunque reconoció un leve deterioro en el estado de salud del ex uniformado, recalcó que éste no es causal suficiente para eximirlo de ser sometido a un proceso penal, y recalcó que ello no significa atentar contra su integridad física o síquica.

"Todo lo expuesto resulta que no aparecen antecedentes suficientes para establecer que (...) el estado mental de Augusto Pinochet Ugarte haya empeorado, en términos de no poder ser sujeto pasivo de un proceso penal. Por el contrario, a pesar del leve deterioro de memoria es competente, según los especialistas, para enfrentar un juicio penal, sin que ello implique un atentado contra su vida o su integridad física o síquica", agregó.

Juez despacha serie de diligencias para descubrir oro de Pinochet

Juez despacha serie de diligencias para descubrir oro de Pinochet El magistrado Juan González dispuso de exhortos dirigidos a Hong Kong y Alemania para pedir antecedentes del caso y a la vez pidió que la unidad especializada de Investigaciones en temas financieros revise el origen de estos recursos, así como también se verifiquen eventuales viajes a la nación asiática.

www.lanacion.cl / Agencias

Apenas fue notificado de que podía adoptar las primeras medidas sobre el oro que mantiene Augusto Pinochet en un banco en Hong Kong, el ministro Juan González dictó diversas diligencias que apuntan a definir el origen de estos recursos y requerir antecedentes a todos quienes puedan haber conocido de este hecho.

Así como primer paso el magistrado dispuso de exhortos dirigidos tanto a las autoridades de Hong Kong como de Alemania para solicitar información sobre los lingotes.

Según precisó Héctor Parra, asistente del juez, “el magistrado ha dejado en estudio los antecedentes que han llegado al tribunal desde el 25 de agosto a la fecha, los cuales procederá a resolver en los próximos días".

Agregó que "en vista de la importancia y la conmoción que ha causado el oficio referente a un supuesto depósito de oro en Hong Kong, el ministro ha dispuesto exhortar a Hong Kong a objeto de que informe si existiría tal depósito que data de 1980", pero añadió que además se “exhorta a la República Federal Alemana a objeto de estas señales y que pueda recabar información respecto a una empresa alemana securitizadora que pudiese estar en certificado de securitización sobre los bienes en oro".

El trabajo del juez también considera disponer “de una orden amplia de investigación a la brigada de lavado activo de la Policía de Investigaciones de Chile y a la UAS (Unidad de Análisis Financiero) para ver si existe alguna veracidad de lo que ha llegado al tribunal y, por último, ha pedido que se oficie a la jefatura nacional de la Policía de Investigaciones a objeto de que informe de los viajes que ha realizado Augusto Pinochet entre 1973 y 1980".

Esta mañana la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago se pronunció sobre el caso y si bien mantuvo la orden de no innovar que pesa sobre la causa y, por ende la suspensión temporal del proceso del ministro titular Carlos Cerda, estimó que era valido dar espacio para que el juez González inicie las indagatorias.

El dictamen del tribunal de apenas media carilla señala "no ha lugar" en cuanto a levantar la orden , pero aclara que el recurso impuesto el 25 de agosto pasado tenía como única finalidad "evitar que actuara en estos autos el señor ministro de fuero titular, entre tanto esta Corte no resolviera el incidente de implicancia". Por lo mismo sostienen que es perfectamente posible que Juan González continúe con las pesquisas. El magistrado –afirma el escrito- "debe avocarse al conocimiento y resolución de todas las peticiones formuladas en estos autos, como así también a la investigación".

Ayer el Consejo de Defensa del Estado confirmó que el martes llegó a sus manos información de la Cancillería que hablaba de la existencia de esta cuenta con más de nueve mil kilos del metal dorado en un banco de Hong Kong.

De inmediato, el organismo solicitó a la sala del tribunal de alzada pidiendo que se levantara la orden de no innovar y se permitiera investigar este nuevo episodio.

Incluso el ministro González alertó a sus pares de la sala que era posible que el oro fuera desviado a otro mercado pudiendo perder la pista del recurso.

Reacciones

Para el abogado querellante del proceso, Alfonso Inzunza, los informes deben ser indagados a la rápidamente, puesto que se trata de información "seria".

Valoró así las diligencias decretadas por el magistrado y planteó además que el gobierno tiene las facultades para ponerse en contacto con otras autoridades de los países involucrados y recabar por esta vía más información.

A su vez el abogado defensor de Pinochet, Ambrosio Rodríguez, dijo que "nos parece que ahora el señor González debe actuar con todas las prerrogativas que le otorga la ley para esclarecer el tema hasta las últimas consecuencias y lo antes posible".

Insistió, en todo caso, que "creemos que no tiene ningún sustento. Creemos que ha sido una denuncia intencionada hecha con otros propósitos de tipo político, muy ajenos al establecimiento de la verdad jurídica, que es lo que interesa en los tribunales".

- Juez Montiglio interroga a Pinochet por ejecuciones de ex Gap

Abogado Hector Salazar: si se aplica la Amnistia, cabria la acusacion constitucional.

17 de Octubre del 2006
www.elmostrador.cl

Salazar: Si se aplica la Amnistía, cabría la acusación constitucional

por  Carlos Alvarez

Abogado de DDHH sostuvo que tras el dictamen de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, otros casos que han sido fallados en virtud de la Ley de Amnistía, como el caso Lonquén, podrían ser invocados para determinaciones similares.

El abogado Héctor Salazar sostuvo que tras el dictamen de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), otros casos que han sido fallados en virtud de la Ley de Amnistía, como el caso Lonquén, podrían ser invocados para determinaciones similares.

El profesional dijo que si bien el citado dictamen internacional viene a refrendar una situación que se estaba dando de hecho, que era la no aplicación de esta norma, “cualquier fallo que se hubiera fundado en la aplicación de la Amnistía en Chile, creo que ese juicio puede ser llevado ante la Corte Interamericana, reclamando precisamente por la aplicación de esta norma”.

Salazar no es partidario de promover la nulidad o la derogación de la citada ley a través del Congreso. “No me parece atinado, porque si se presenta un proyecto de ley para derogar la Amnistía, implícitamente se está afirmando la vigencia de una norma, que en los hechos está tácitamente derogada hace mucho tiempo y de hecho, la jurisprudencia de nuestros tribunales, salvo contadísimas excepciones, la ha revocado”, explica.

Cualquier acción de ese tipo es más para el registro histórico o la retórica, que para efectos prácticos, sostiene el abogado de derechos humanos y miembro del equipo jurídico de la Fundación de Ayuda Social de Iglesias Cristianas (Fasic).

“Lo que si está claro es que si algún juez, después de este fallo internacional, insistiere en aplicar el decreto ley de Amnistía, o un ministro en el tribunal superior, creo que queda abierta la posibilidad de una destitución vía acusación constitucional, porque se estaría comprometiendo la responsabilidad del Estado chileno”, advierte.

“Los fallos donde está en juego esta aplicación debieran tomarlo en cuenta, porque éste compromete al Estado chileno en cuanto le dice que esta legislación no es aplicable”, sostiene Salazar.