Familiares de víctimas de violación de Derechos Humanos no harán servicio militar
Así lo dispone una moción de los diputados radicales Marcos Espinosa, Alejandro Sule y José Pérez, que modifica el Servicio Militar Obligatorio (SMO).
Señalan los diputados que un beneficio muy importante para las familias de las víctimas de las violaciones a los derechos humanos y consagrado en la ley N° 19.123, que creó la Corporación Nacional de Reparación y Conciliación, fue el beneficio acerca del libre ingreso al Servicio Militar Obligatorio, otorgado a los hijos de quienes fueron víctimas de violaciones a los derechos humanos.
Agregan, sin embargo, que este beneficio no se consideró en la ley N° 19.992, que estableció una pensión de reparación y otros beneficios a favor de las víctimas afectadas por violaciones a los Derechos Humanos, reconocidas por el informe elaborado por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, conocida como Comisión Valech.
Por ello, la moción, contenida en el boletín N° 5042, y remitida a la Comisión de Derechos Humanos para su estudio, establece que los hijos de filiación matrimonial, hijos de filiación no matrimonial, adoptivos, nietos y sobrinos, en consanguinidad directa de las víctimas, quedarán en la categoría de disponibles, cuando así lo soliciten directamente o por intermedio de la Corporación Nacional sobre Prisión Política y Tortura.
Miércoles 30 de Mayo de 2007
Editor: mromero@congreso.cl
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