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Familiares de víctimas de violación de Derechos Humanos no harán servicio militar

Familiares de víctimas de violación de Derechos Humanos no harán servicio militar

Así lo dispone una moción de los diputados radicales Marcos Espinosa, Alejandro Sule y José Pérez, que modifica el Servicio Militar Obligatorio (SMO).

Señalan los diputados que un beneficio muy importante para las familias de las víctimas de las violaciones a los derechos humanos y consagrado en la ley N° 19.123, que creó la Corporación Nacional de Reparación y Conciliación, fue el beneficio acerca del libre ingreso al Servicio Militar Obligatorio, otorgado a los hijos de quienes fueron víctimas de violaciones a los derechos humanos.

Agregan, sin embargo, que este beneficio no se consideró en la ley N° 19.992, que estableció una pensión de reparación y otros beneficios a favor de las víctimas afectadas por violaciones a los Derechos Humanos, reconocidas por el informe elaborado por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, conocida como Comisión Valech.

Por ello, la moción, contenida en el boletín N° 5042, y remitida a la Comisión de Derechos Humanos para su estudio, establece que los hijos de filiación matrimonial, hijos de filiación no matrimonial, adoptivos, nietos y sobrinos, en consanguinidad directa de las víctimas, quedarán en la categoría de disponibles, cuando así lo soliciten directamente o por intermedio de la Corporación Nacional sobre Prisión Política y Tortura.

Miércoles 30 de Mayo de 2007

Editor: mromero@congreso.cl

 

 

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