Ley de Amnistía y paz social
Gracias a esta inversión de roles, a partir de la cual el ser humano que se encontraba indefenso, degradado e impotente ante las circunstancias que lo fijaron durante la dictadura en calidad de víctima inerme frente a un Estado, que a través de sus agentes, civiles y militares, lo torturaron o ejecutaron por ser “agente de poderosas fuerzas extrañas” o herramienta de “conspiraciones internacionales”, hoy nuevamente es objeto de un atentado a su dignidad humana: “no solo te violamos tu cuerpo y tus derechos, sino que ahora tienes que colaborar en mantener la impunidad para que sigamos viviendo en tranquilidad”.
La violencia criminal de la dictadura, de esta forma, se ubica en un nivel “defensivo” y no “ofensivo”. Antes era el torturador el que defendía a la patria torturando, y quienes valiente y generosamente arriesgaron su vida para poner fin a tal estado de cosas eran los “enemigos internos”, los “subversivos”, blancos favoritos para las operaciones de exterminio. Para legitimar tales actos se hizo creer a parte de la población, que quien era castigado con la tortura, lo era porque “algo habría hecho”, “en algo andaba”. Como milagro, entonces, a través de este mecanismo de inversión de causas y consecuencias, el propio torturado resultaba responsable de la existencia de la tortura que se le aplicaba.Con la conquista de la democracia, tal estado de inversión de roles no puede constituir la normalidad. Una dictadura sangrienta fue derrocada con enorme sacrificio precisamente para recobrar el sentido de pertenencia de todos y todas a un país que repone, como fundamento de su vivir en sociedad, la defensa y promoción del derecho individual y colectivo a una vida digna, uno de cuyos componentes esenciales es la oportunidad de acceder a la justicia y sanción de los crímenes de lesa humanidad.
Por ello los distintos poderes del Estado, que tienen su legitimidad en la voluntad soberana del pueblo que ha escogido vivir en democracia, no pueden reproducir, por acción u omisión, las arbitrariedades que dejó instaladas la dictadura. Todo lo contrario: los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial tienen la obligación de derogar la Ley de Amnistía, que es incompatible con las obligaciones internacionales del Estado chileno que debe investigar la suerte corrida por todas las personas torturadas, ejecutadas y desaparecidas durante el periodo de gobierno militar (1973 – 1990), y enjuiciar y castigar a quienes resulten responsables de estos crímenes, que como crímenes de lesa humanidad, no están sujetos a ningún tipo de prescripción.En la medida que se observen señales concretas en tal sentido podremos realmente señalar con tranquilidad que vivimos en democracia, que el sacrificio no fue en vano, y alegrarnos sinceramente de la voluntad política y humana de quienes de tiempo en tiempo nos recuerdan con su pasional llamado lo importante que es que todos nos hagamos parte de la cruzada por la paz.
Manuel Guerrero Antequera. Sociólogo - http://manuelguerrero.blogspot.com
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