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Justicia

Prescribe lanzamiento de cuerpos de los desaparecidos de La Moneda

SENTENCIA DEL MINISTRO VILLARROEL SOSTIENE QUE SÓLO SE FALTÓ AL CÓDIGO SANITARIO

De no revocarse esta sentencia en las cortes, podría sentarse jurisprudencia para los autores, cómplices y encubridores de la "Operación Retiro de Televisores" posterior a 1978.

Jorge Escalante - La Nación

Los autores de las operaciones realizadas por la dictadura para lanzar cerca de mil cuerpos al mar entre 1974 y los primeros años de la década de los '80, podrían quedar sin sanciones si las cortes no revocan la sentencia de primera instancia dictada por el ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Patricio Villarroel.

El juez absolvió a los tres oficiales y cinco suboficiales, todos retirados, que permanecían procesados y acusados formalmente por el delito de "exhumación ilegal" de unos treinta cuerpos de asesores y guardias personales del ex Presidente Salvador Allende.

Luego de ser detenidos en La Moneda el día de la asonada militar del 11 de septiembre de 1973, fueron trasladados al regimiento Tacna y asesinados dos días después en un campo de entrenamiento del Ejército ubicado en Peldehue, al sur de Santiago. Sus cuerpos fueron ocultados al interior de un pozo seco a seis metros de profundidad, dentro del cual lanzaron granadas para provocar derrumbe y tapar la excavación.

El magistrado fundamentó el miércoles pasado la absolución con el argumento de que la acción penal se encuentra extinguida por el paso del tiempo, debiéndose aplicar el beneficio de la prescripción. Para el juez, al igual que para el ministro Juan Eduardo Fuentes, quien conocía de la causa antes de inhabilitarse en mayo de 2006 debido a una figura de procedimiento, el delito de "inhumación y exhumación ilegal" de los cuerpos de estos prisioneros, sólo constituyó una violación al Código Sanitario, según el Código Penal, y está lejos de configurar un "delito de lesa humanidad".

De confirmarse esta tesis jurídica en la Corte de Apelaciones de Santiago y luego en la Sala Penal de la Corte Suprema, cuando se llegue a ella vía recursos de casación por los querellantes, abogados de derechos humanos y agrupaciones de familiares de las víctimas, se teme que se siente jurisprudencia respecto de todos los autores, cómplices y encubridores de la conocida como "Operación Retiro de Televisores", así como de quienes materialmente lanzaron los cuerpos de los prisioneros al mar antes de fines de 1978.

La "Operación Retiro de Televisores" consistió en ubicar por el sur y norte de Chile las fosas clandestinas con cuerpos de detenidos para desenterrarlos y hacer desaparecer para siempre los cadáveres arrojándolos al mar. Esta fue ordenada por el dictador Augusto Pinochet, se estima a comienzos de diciembre de 1978.

Los autores

El desentierro de los cuerpos de los ejecutados en Peldehue ocurrió cinco años después, los días 22 y 23 de diciembre de 1978. Los cadáveres fueron ensacados amarrándoseles un trozo de riel a cada uno, subidos a un helicóptero Puma del Comando de Aviación del Ejército (CAE) y arrojados al mar a la altura de la fundición de cobre de Ventanas en la costa de la Quinta Región.

La operación de Peldehue fue dirigida en terreno por el jefe de la Sección II de inteligencia del regimiento Tacna, capitán Luis Fuenzalida Rojas, bajo la supervisión del entonces comandante del Tacna, coronel Ricardo Canales Varas.

Según se estableció en la indagatoria, desde Pinochet la orden del desentierro de Peldehue bajó al comandante de la Segunda División del Ejército y comandante de la Guarnición de Santiago, general Enrique Morel Donoso, quien a su vez la transmitió no directamente a Canales, sino al comandante del grupo de Artillería del Tacna, mayor Joaquín Molina Fuenzalida. Este es el mismo que a fines de octubre de 1988 fue asesinado a tiros por el "Mamito", hijo del ex jefe de la DINA Manuel Contreras.

En el desentierro también participaron los suboficiales Eliseo Cornejo Escobedo, José Canario Santibáñez, Darío Gutiérrez de la Torre, Fernando Burgos Díaz, Sergio Medina Salazar e Isidro Durán Muñoz. Todos ellos, además de los tres oficiales mencionados, quedaron absueltos por la sentencia del ministro Villarroel.

El abogado querellante Nelson Caucoto, como el abogado Joseph Beraud del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior como el Consejo de Defensa del Estado, apelarán de este dictamen ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

Enlace esta página: http://www.redh.org/content/view/861/30/

 

 

48 detenidos en manifestación pacífica en contra de la mina de oro Pascua Lama

Quimantu

Tras un violento desalojo en la ruta que une las localidades de Chollay y Conay (Tercera Región, comuna de Alto del Carmen), vía de acceso a la mina Pascua Lama, el jueves 25 de enero fueron detenidas 48 personas que se manifestaban pacíficamente impidiendo el paso a los vehículos pertenecientes a la Barrick Gold, la empresa responsable de la mina, como a todo transporte de faena minera, dejando libre el paso a los lugareños. Entre los detenidos se encuentran 4 menores de edad y siete extranjeros.

Los manifestantes se encontraban desde el lunes 22 de enero en la ruta, en la ³Ocupación Pacífica por la Vida², como una de las acciones generadas en el Encuentro "Llamado del Agua", que se realizó en Conay el fin de semana pasado, que buscan defender los recursos naturales, especialmente los hídricos, del Valle del Huasco, que están siendo gravemente afectados por las faenas de la mina de oro Pascua Lama.

En el lugar se encontraban cerca de 60 personas, entre ellas familias completas, niños y una mujer embarazada. A las 11 horas del jueves llegaron entre 30 a 40 efectivos policiales, entre ellos fuerzas especiales de Copiapó, por orden directa de la Intendencia de la Tercera Región, con el objeto de desalojar a los manifestantes, situación que se hizo efectiva a las 14 horas. Las personas que impedían el acceso de los vehículos de Barrick se resistieron pacíficamente, tomándose los brazos unos con otros, siendo forzados por carabineros a soltarse. Al ser detenidos los hombres fueron esposados y subidos al bus policial.

En horas de la tarde fueron trasladados, primero a la Comisaría de Alto del Carmen, y después a la Comisaría de Vallenar, trayecto que demora cerca de tres horas. En Vallenar, donde llegaron pasadas las 18 horas, se les tomaron los datos y se le constataron lesiones.

Integrantes del Colectivo Rexistencia, agrupación que apoya a los pobladores del Valle del Huasco en su lucha por proteger sus recursos naturales, denunciaron que en el corte de ruta, una camioneta de Barrick Gold, al ser impedido de pasar, tiró el vehículo contra los manifestantes.

Hasta la medianoche del jueves, aún se encuentran 45 personas detenidas, sin que Carabineros entregue una lista oficial de los detenidos.

Solicitamos activar todas las redes de solidaridad y denuncia. Se invita a todos y todas a apoyar las acciones pacíficas del Valle del Huasco, que se realizarán en los próximos días, y a participar de una reunión el lunes 29 de enero, a las 19:30 horas, en la Casa Okupa Akí (República 550, Santiago Centro), para coordinar acciones de solidaridad con quienes siguen luchando.

Para mayores informaciones contactarse a rexistencia@gmail.com ó casalalucha@gmail.com

 

Liberan a hijo de médico secuestrado

Liberan a hijo de médico secuestrado

Esta mañana fue secuestrado desde la comuna de Las Condes el hijo de un médico de iniciales P.M.B., exigiendo el pago de 40 millones de pesos. El OS-9 de Carabineros, a cargo del operativo, informará en las próximas horas detalles de su liberación.


Carla Gallegos
lanacion.cl

Información en desarrollo

El hijo de un prestigioso médico fue secuestrado esta mañana desde la comuna de Las Condes, por un grupo de desconocidos quienes se mantuvieron en permanente contacto con la familia de la víctima, a quienes solicitaron un rescate de 40 millones de pesos a cambio de mantenerlo con vida.

El niño, de iniciales I.M.F., de 11 años, fue secuestrado desde la intersección de Av. Colón con Tobalaba en la Comuna de Las Condes aproximadamente a las 10.30 horas. El menor, insulino dependiente, estuvo en todo momento en riesgo vital, razón por la cual, los responsables del operativo solicitaron a los medios de comunicación mesura en la información, pues en todo momento se temió por su vida.

El hijo del destacado profesional está en buen estado de salud, pero se desconocen los pormenores de su liberación y si fueron pagados los 40 millones de pesos que los secuestradores exigieron por mantener con vida al niño de 11 años.

El general Raúl Arellano, jefe de la Dirección de Investigación Delictual y Drogas de Carabineros confirmó las buenas condiciones del niño. “El menor se encuentra en buenas condiciones, a causa de las diligencias se rescató sin problemas, no presenta dificultades de ningún tipo y en estos momentos se están desarrollando las diligencias propias de un hecho de esta naturaleza”, señaló y agregó más tarde que pese a su rescate, el niño aún no encuentra todavía junto a su familia.

Según se informó, el procedimiento fue adoptado inicialmente por la Brigada de Investigaciones Policiales Especiales (BIPE), pero a eso de las 14:00 horas en una decisión de último minuto, se trasladaron las diligencias a manos del OS-9 de Carabineros.

A cargo de la investigación están los fiscales Carlos Hoffman y Rodrigo Mena de la Fiscalía Oriente.

Según información que se obtuvo durante la tarde, los secuestradores mantuvieron vigilado el entorno del médico y su familia, por lo cual se procedió con extremo sigilo y se mantuvo en secreto el domicilio y la identidad de los plagiados.

 

Suprema absuelve a tres detectives implicados en torturas durante dictadura

Muerte de campesino en cuartel de Talca

Por  Héctor Cruzatt

Fallo unánime del máximo tribunal favoreció a Germán Borneck Matamala, Nelson Cayupi Contreras y José Henríquez Salamanca implicados en el deceso de Bernardo Solorza González. Fallo estima que no hubo política institucional de tortura de parte de los organismos de seguridad del Estado, pese a que víctima fue reconocida como tal por el informe de la Comisión Rettig.

En la primera sentencia de casos de violaciones a los derechos humanos ocurridas durante la dictadura militar emitida a lo largo de lo que va del año, la Corte Suprema se negó a considerar a la tortura como un crimen de lesa humanidad y absolvió a tres ex detectives implicado en la muerte de un campesino detenido entre el 18 y 21 de abril, en un cuartel policial de la ciudad de Talca.

En fallo unánime los ministros Alberto Chaigneau, Jaime Rodríguez Espoz, Hugo Dolmestch y los abogados integrantes Fernando Castro y Juan Carlos Cárcamo ratificaron la absolución dictada el 31 de mayo de 2005, en el caso del detenido Bernardo Solorza González.

La resolución favoreció a los ex detectives Germán Borneck Matamala, Nelson Cayupi Contreras y José Henríquez Salamanca, que inicialmente, el 12 de noviembre de 2004, habían sido condenados por el juez Gerardo Bernales, a penas de 541 días de presidio por el delito de apremios ilegítimos.

El tribunal de alzada talquino había considerado extinguida la responsabilidad penal de los ex detectives y estimado que los funcionarios policiales actuaron de acuerdo a un orden legal, pese a que Solorza González fue considerado como una víctima de la represión por el informe de la Comisión Rettig.

La Corte Suprema ratificó este criterio y aseguró que se trata de un delito común, que no puede ser considerado como parte de una política de violaciones a los derechos humanos de parte del Estado de Chile.

"Es menester tener en cuenta que los hechos que motivaron la formación de causa, se originan en la detención de la víctima, no cuestionada como ilegal (...) lo que tuvo lugar en el contexto de un delito común en el se atribuyó participación junto a otros sujetos, escenario en que los agentes obrando fuera de toda normay con abuso de poder le causaron lesiones, sin que se hubiere establecido algún propósito de las mismas, más allá de la agresión y el daño corporal, como tampoco, que ellas se enmarcan dentro de una política institucional o de Estado, como un procedimiento general aceptado, en el contexto de una determinada ideología o con propósitos genocidas, por lo que tales circunstancias por sí solas no son idóneas para calificar tales conductas como atentados contra los derechos humanos", dice el fallo redactado por el ministro Rodríguez Espoz.

La víctima

Bernardo Solorza González murió el 21 de abril de 1980 en un cuartel policíal de Talca e inicalmente se habló de un caso de suicidio, sin embargo la Comisión Rettig lo consideró en 1991 como una víctima de la dictadura militar.

En el Informe Rettig se señala textualmente respecto a su caso: "El 21 de abril de 1980 murió Bernardo Enrique SOLORZA GONZALEZ. Fue detenido por personal de Investigaciones en Talca, acusado de la comisión de delitos comunes. Oficialmente se informó que la víctima se suicidó ahorcándose, causa que fue consignada en el certificado de defunción. Sin embargo, antecedentes y testimonios recibidos por esta Comisión indican que la víctima falleció producto de los malos tratos y torturas que se le infligieron durante su detención. La Comisión adquirió la convicción de que Bernardo SOLORZA murió a consecuencia de torturas de parte de agentes estatales, quienes violaron así sus derechos humanos (Fuente: www.memoriaviva.com)". Su muerte fue investigada judicialmente como homicidio hasta el 30 de abril de 1981 cuando se dictó sobreseimiento definitivo, pero el 18 de junio del mismo año la Corte de Apelaciones de Talca ordenó reabrir el proceso e investigar un eventual delito de lesiones por parte de los polícias del cuartel, investigación que se archivó el 27 de abril de 1981.

Una denuncia presentada el 11 de julio de 2003 por la familia de la víctima permitió que se reabriera la investigación el 4 de marzo de 2004, investigación donde el juez Gerardo Bernales dictó sentencia en noviembre de ese mismo año.

Precedente en el mismo sentido

Esta es la segunda vez que la Corte Suprema falla a favor de agentes de Estado en un caso por violaciones a los derechos humanos en dictadura, anteriormente en 2005 había favorecido al general (r) Joaquín León Rivera, que en primera instancia había sido condenado a 10 años de presidio por el caso de los detenidos desaparecidos Luis Cotal Rivera y Ricardo Rioseco Montoya.

En el fallo, no obstante, se admitió "que, en circunstancias que Ricardo Rioseco Montoya y Luis Cotal Alvarez se encontraban detenidos en la bodega individualizada en el párrafo A de la motivación tercera de la sentencia en alzada, desarmados y encañonados por un grupo de conscriptos, hizo su aparición en ella don Joaquín León Rivera González, 2º Comandante del Regimiento, quien sacó su pistola y apuntó a uno de ellos, pero la bala no salió, disparando luego los conscriptos, falleciendo en el acto Ricardo Rioseco Montoya y Luis Cotal Alvarez, sin que sus cuerpos hayan sido encontrados hasta la fecha".

Y se agregaba luego: "que, los elementos de convicción analizados en el motivo segundo de la sentencia en alzada constituyen un conjunto de presunciones judiciales que, por reunir los requisitos establecidos en el artículo 488 del Código de Procedimiento Penal, permiten a esta Corte adquirir la convicción de que Ricardo Rioseco Montoya y Luis Cotal Alvarez fueron muertos. En efecto, el testigo Duberli Héctor Rodríguez Silva (fs. 19 y 148), dueño de la bodega donde ocurriendo los hechos, asegura haber presenciado el fusilamiento de las víctimas, precisando que los cuerpos “fueron cortados por la mitad”, que le exigieron que trajera cuatro sacos, que los echaron (los cuerpos) al jeep y le señalaron que los irían a botar al río y que ellos mismos (refiriéndose a los conscriptos) limpiaron con agua el lugar para no dejar rastros".

Un abogado censura a las autoridades por las investigaciones sobre la familia Pinochet

 Un abogado en Chile puso en tela de juicio la seriedad de las autoridades en torno a las investigaciones del origen de la fortuna de la familia del extinto gobernante Augusto Pinochet en el país.

'No se van a investigar (por parte del gobierno) otras aristas que podrían explicar el enriquecimiento ilícito de Pinochet', expresó el abogado querellante en el caso Riggs, Alfonso Insunza.

El experto lamentó la resolución adoptada el 3 de enero por la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago la cual se revocó parte de los procesamientos que pesaban contra la familia de Pinochet.

Los ministros de la sala determinaron que la viuda de Pinochet, Lucía Hiriart, y su hijo menor Marco Antonio, sean cómplices en el proceso que se llevaba en su contra por evasión tributaria de más de 2.250.000 dólares.

El 10 de diciembre, el ex gobernante de facto Augusto Pinochet murió a los 91 años sin que fuera castigado por ninguno de sus crímenes, como rompimiento de la democracia, asesinato de opositores políticos y enriquecimiento desde el poder.

'Es posible que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) no haya tomado con el interés debido la causa que investiga el origen de la fortuna de la familia Pinochet', expresó Insunza.

El CDE 'debería tener más interés en esto porque son platas fiscales. Nosotros somos querellantes particulares, pero quien debe sostener la acción fundamental es el Consejo de Defensa del Estado. Y espero que ellos lo hagan', apuntó.

Insunza aseguró que las autoridades devolverán las propiedades embargadas a la familia Pinochet, cuyos herederos se repartirán una fortuna de al menos 9,5 millones de dólares.

Para los magistrados, los delitos de falsificación y uso de pasaportes falsos por los que el juez Carlos Cerda procesó en enero del año pasado a toda la familia Pinochet han prescrito.

Del mismo modo, fue anulado el procesamiento por evasión tributaria que pesaba contra la ex secretaria de Pinochet, Mónica Ananías, y la ex jefa del servicio de extranjería del Registro Civil durante el gobierno militar, Erica Stemann.

Sólo se mantuvieron el procesamiento por declaraciones de impuestos 'maliciosamente incompletas' contra el hijo menor del ex uniformado, y contra su ex albacea Oscar Aitken, como cómplice de evasión tributaria.

Nueva cruzada contra la pena de muerte

Nueva cruzada contra la pena de muerte

La barbarie de la pena capital causa polémica.

Italia lanza una iniciativa para proscribir la pena de muerte a nivel mundial. ¿Tendrá posibilidades de éxito o se trata de una quijotada? DW-WORLD conversó al respecto con un experto en derecho penal internacional.

"El asesinato de un dictador no es una contribución a la democracia y la paz, sino un acto bárbaro, incivilizado", declaró el jefe del Partido Radical italiano, Marco Panella, tras la ejecución de Saddam Hussein. Con una huelga de hambre que inició el 26 de diciembre, el carismático político libra su batalla contra la pena de muerte, que considera "un tumor que debe ser extirpado". Panella no está solo en esta cruzada. El ministro de Relaciones Exteriores, Massimo D'Alema, anunció que Italia planea una acción contra la "barbarie" de la pena de muerte y aseguró que éste será uno de los temas prioritarios de la política exterior de su país. También el jefe de gobierno de Roma, Romano Prodi, respalda la iniciativa.

 

Apoyo de la UE

 

Italia, que desde este 1° de enero ocupa un asiento en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, ya se ha puesto en campaña. Su embajador ante la ONU anunció ya al presidente de turno del Consejo la intención de reabrir el debate sobre el tema en la Asamblea General. Para ello, los italianos se proponen conseguir el apoyo de los 85 países que en diciembre firmaron una declaración contra la pena capital. Y, lógicamente, buscan también subir al carro a sus socios de la Unión Europea, organización que repudia la sentencia a muerte. De hecho, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Roma confirmó que se había solicitado a Alemania, presidente de la UE durante este semestre, incluir el tema en la agenda de la próxima conferencia de los ministros de Justicia, a celebrarse en Dresde.

 

Prof. Dr. Kai Ambos.  Bildunterschrift: Großansicht des Bildes mit der Bildunterschrift:  Prof. Dr. Kai Ambos. Alemania probablemente secundará la idea, al igual que los demás países comunitarios, en vista de que es la postura oficial de la UE. Así lo estima Kai Ambos, juez y profesor de derecho penal internacional de la Universidad de Gotinga, quien considera positivo el propósito italiano, aunque duda de que pueda prosperar. Por lo pronto, a nivel de la Unión Europea, será difícil que el tema tenga un sitial prominente. "La agenda de la presidencia alemana ya está preparada y acordada desde hace tiempo", indica el magistrado, manifestando la impresión de que la iniciativa de Italia no corresponde a una estrategia, sino que "ha sido una cosa muy espontánea".

 

Panorama poco alentador

 

Tanto más difícil será, en consecuencia, que la campaña llegue a buen puerto, considerando las grandes discrepancias que existen a nivel mundial en torno a la pena de muerte. Países de gran peso, como Estados Unidos, China y Japón la aprueban, indica Ambos. Y tampoco el nuevo secretario general de la ONU se ha revelado como un categórico detractor, a juzgar por las declaraciones que formuló en su primer día de trabajo, en respuesta a preguntas de la prensa sobre la ejecución del ex dictador iraquí. A diferencia de Kofi Annan, que sistemáticamente repudiaba la pena capital, Ban Ki Moon dijo que aplicar esa condena es asunto de cada país, lo cual le ha valido una andanada de críticas de parte de quienes opinan que eso contradice la postura oficial de la ONU.

 

Ya en las negociaciones que dieron vida al Tribunal Penal Internacional quedó de manifiesto cuán polémico es el asunto, recuerda Ambos. Explica que, en esa oportunidad, varios países querían que la pena de muerte se incluyera en el instrumental de esa corte y sólo aceptaron que no se contemplara en los estatutos con la condición de que tampoco se la vetara, de modo que el asunto quedara a discreción de los Estados. No es un panorama muy alentador para los propósitos italianos. No obstante, no hay peor campaña que la que no se hace y todo dependerá del número y la gravitación de los países a los que Italia logre sumar a su causa. Porque, como indica el profesor de Gotinga, se puede emprender gestiones con miras a lograr una convención, "pero una convención con 10 países no le interesa a nadie".

Emilia Rojas Sasse

Corte revocó mayoría de procesamientos tributarios contra la familia Pinochet

El tribunal de alzada capitalino consideró que Lucía Pinochet no es cómplice de la evasión tributaria del fallecido dictador, estimada en más de 1.300.000 millones de pesos.

La quinta sala de la Corte de Apelaciones revocó gran parte de los procesamientos contra de la familia y cercanos de Augusto Pinochet, tras estimar que no tienen la calidad de cómplices del fallecido dictador, por su evasión de tributos de más de 1.300.000 millones de pesos.

La Corte revocó los procesamientos como cómplices de evasión tributaria de Pinochet a su mujer Lucía Hiriart, a su hijo Marco Antonio, y a su ex secretaria Mónica Ananías, imputaciones realizadas en agosto de 2005 por el juez Sergio Muñoz.

Además, quedaron libres de la imputación de falsificación de pasaporte, realizada por el juez Carlos Cerda en enero de 2006, María Verónica y Marco Antonio Pinochet, además de la jefa del Servicio de Extranjería del Registro Civil durante la dictadura, Erica Stemann.

El tribunal de alzada capitalino también revocó el procesamiento de la nuera de Pinochet María Soledad Olave, debido a que el Servicio de Impuestos Internos (SII) desistió de la persecución tributaria en su contra.

En ese marco, el abogado de M. A. Pinochet, Luis Pacull, aseguró que "el caso Riggs fue un caso mediáticamente inflado, y en relación a las acusaciones de la familia del general Pinochet se trató de vincular por vía de una injerencia inexistente".

La defensora del SII Rosa Sanz, por su parte, no quiso abordar en detalle el fallo.

En tanto, el abogado querellante Alfonso Insunza, que presentó la denuncia en junio de 2004 junto a la jurista Carmen Hertz, apuntó que "como es una resolución provisoria, se puede insistir más adelante con nuevos antecedentes".

De esta forma, sólo se mantuvo a firme el procesamiento por evasión tributaria propia contra Marco Antonio Pinochet y el ex albacea Oscar Aitken.

El juez Cerda sostiene que Marco Antonio Pinochet, que suma una querella del Servicio de Impuestos Internos (SII) desde 2005, efectuó entre 1997 y 2005 inversiones que exceden en más de 400 millones de pesos los ingresos que declaró como contribuyente, atribuyéndole un perjuicio fiscal de 128.170.684 pesos. (Cooperativa.cl)

 

Entre 18 años y cinco años y un día Condenan a presidio efectivo a autores de crimen de periodista José Carrasco

Entre 18 años y cinco años y un día Condenan a presidio efectivo a autores de crimen de periodista José Carrasco

Enviado por Pedro Alejandro Matta            p.matta@vtr.net

Penas para ex jefe operativo de la Central Nacional de Informaciones (CNI) Álvaro Corbalán y 13 involucrados en la muerte del otrora editor de Apsi y otros tres profesionales tras fallido ataque a ex dictador en septiembre de 1986. Juez Haroldo Brito acogió millonarias indemnizaciones para familiares de las víctimas.

A penas de entre 18 años y cinco años y un día de presidio efectivo fueron condenados los autores de los homicidios de cuatro profesionales tras el fallido atentado de septiembre de 1986 contra el hoy fallecido Augusto Pinochet.

En el operativo de venganza murieron el periodista y entonces editor internacional de la revista Análisis, José Carrasco Tapia, y el también mirista profesor y artista plástico Gastón Vidaurrázaga Manríquez, además del publicista Abraham Muskatblit Eidelstein y Felipe Rivera Fajardo, ambos del Partido Comunista (PC).

El ex jefe operativo de la Central Nacional de Informaciones (CNI) mayor (R) del Ejército Álvaro Corbalán Castilla recibió una pena de 18 años de cárcel por los cuatro homicidios calificados, mientras que el capitán (R) del Ejército Jorge Vargas Bories y el mayor (R) de Carabineros Iván Quiroz Ruiz fueron castigados con 13 años por dos crímenes.

En su calidad de coautores de un asesinato, Pedro Javier Guzmán Olivares, Gonzalo Fernando Mass del Valle, Kranz Bauer, Jorge Enrique Jofré Rojas y Juan Alejandro Jorquera fueron condenados a ocho años tras las rejas.

En tanto, cinco años y un día privados de libertad deberán pasar los ex agentes Víctor Hugo Lara Cataldo, René Armando Valdovinos Morales, Víctor Manuel Muñoz Orellana, Eduardo Martín Chávez Baeza, Guillermo Fascinetti López y José Ramón Meneses Arcauz.

En el fallo del ministro en visita Haroldo Brito se acogió también la demanda civil interpuesta por los familiares de las víctimas, que implica un pago de $ 250 millones para cada una de las madres, viudas e hijos de los profesionales, además de $ 75 millones para cada uno de los hermanos.

En tanto, rechazó en todas sus partes la demanda civil interpuesta por el Colegio de Periodista debido a que los argumentos que la motivaron no tienen directa relación con el homicidio de “Pepe” Carrasco, sino con la afectación que hizo el régimen militar al ejercicio del periodismo en general.

El veredicto se conoció luego de que este último martes finalizara la etapa probatoria encabezada por Brito, que se basó en la investigación del actual miembro de la Corte Suprema Hugo Dolmestch.

Según estableció este último, la orden de asesinar a cuatro miembros emblemáticos de la oposición más dura al régimen militar obedeció a la necesidad de ejecutar una brutal represalia por el atentado, que le costó la vida a varios guardaespaldas de Pinochet en el Cajón del Maipo.