LA ILEGITIMIDAD DE PINOCHET Y LA DOCTRINA OSCAR IZURIETA
Enviado por: "Germán F. Westphal" westphal@umbc.edu gfwestphal
Mié, 13 de Dic, 2006 6:56 am (PST)
Por Germán F. Westphal, Editor de PCS (13/XII/06)
El General Comandante en Jefe del Ejército de Chile, Oscar Izurieta, en su discurso de homenaje a Augusto Pinochet Ugarte de ayer 12 de diciembre, ha tenido la desvergüenza de justificar el golpe de Estado encabezado por éste y el tal llamado “Gobierno de las FF.AA. y de rden” administrado con poderes prácticamente absolutos por el Dictador.
En la medida que Izurieta ha hecho tal justificación, está tácitamente diciendo que bajo similares circunstancias, él o cualquier otro General de la República estaría plenamente justificado en repetir la "gesta" de Pinochet.
Esto es absolutamente inaceptable en la medida que refleja una postura de insubordinació n ante el poder civil por su naturaleza altamente deliberante y sediciosa.
En efecto, la Presidenta de la República autorizó a Izurieta a rendirle honores a Pinochet única y exclusivamente en su calidad de ex Comandante en Jefe del Ejército y, por tanto, Izurieta debió haber restringido su homenaje a tal calidad. En la medida que su discurso elaboró y tuvo la osadía de justificar al Pinochet político y golpista, Izurieta infringió la autorización que recibió, incurriendo en abierta insubordinació n frente al poder civil al que debe obediencia y respeto. Esto debería ser suficiente para removerlo de su cargo.
Sin embargo, Izurieta fue más allá con su justificación del golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, haciendo pública su postura altamente sediciosa en la medida que tal justificación busca validar la ilegalidad e ilegitimidad del golpe mismo y del tal llamado “Gobierno de las FF.AA. y de Orden” que Pinochet le impuso al país por 17 años por la fuerza de las armas. En efecto, los Artículos 3, 4 y 22 de la Constitución Política de la República de Chile vigente al 11 de septiembre de 1973, establecían claramente:
"Art. 3.- Ninguna persona o reunión de personas pueden tomar el título o representació n del pueblo, arrogarse sus derechos, ni hacer peticiones en su nombre. La infracción de este artículo es sedición."
"Art. 4.- Ninguna magistratura, ninguna persona, ni reunión de personas pueden atribuírse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido por las leyes. Todo acto en contravención a este artículo es nulo."
"Art. 22.- La fuerza pública es esencialmente obediente. Ningún cuerpo armado puede deliberar.
En la medida que Augusto Pinochet violó reiteradamente los artículos citados a pesar de que para otros efectos invocaba la Constitución que los incluía, la única conclusión posible es que los poderes que se atribuyó no tenían ninguna legalidad ni legitimidad. (*)
Por tanto, se sigue necesariamente que el discurso de Izurieta ha justificado la ilegalidad e ilegitimidad del golpe de Estado de 1973 y la dictadura pinochetista.
En la medida que los discursos de los Comandantes en Jefe establecen la doctrina con que manejan las instituciones militares bajo sus órdenes, tenemos lo que ciertamente podemos llamar "la doctrina Oscar Izurieta": los golpes de Estado en violación al ordenamiento constitucional vigente están justificados en cualquier situación de conflicto que el Comandante en Jefe considere insuperable, tal como hizo Pinochet en 1973.
La aberración de esta doctrina tácitamente incluida en el discurso de Izurieta ante el féretro de Pinochet, obliga a la Presidenta de la República a removerlo de su cargo pues refleja una ideología incompatible con el ordenamiento democrático del país, por precario y parcial que tal ordenamiento sea.
Si la Presidenta de la República falta a su obligación de defender la democracia como cuestión de principio, estará pavimentando el camino para el próximo "putch" militar, "tanquetazo" , "boinazo", "ejercicio de enlace" o total desmantelamiento de las instituciones republicanas, tal como ocurrió el 11 de septiembre de 1973 --un desmantelamiento plenamente justificado según el sedicioso General de la República, Oscar Izurieta.
(*) Ciertamente se podría argumentar que a pesar de todo lo señalado, Augusto Pinochet fue legitimizado como “Presidente de la República” en virtud del pebiscito que aprobó la Constitución de 1980. Sin embargo, incluso si aceptamos este razonamiento como válido, el mismo razonamiento implica reconocer la ilegalidad e ilegitimidad de su gobierno por lo menos desde 1973 a 1980. Además, incluso el plebiscito que convocó es cuestionable en virtud de los mismos artículos citados, un debate en el cual no es necesario entrar pues el hecho es que tal plebiscito fue realizado sin registros electorales ni control democrático alguno y la ciudadanía se vio obligada a participar bajo la presión sicológica de los fusiles del Dictador, lo que invalida sus resultados desde todo punto de vista democrático.
El General Comandante en Jefe del Ejército de Chile, Oscar Izurieta, en su discurso de homenaje a Augusto Pinochet Ugarte de ayer 12 de diciembre, ha tenido la desvergüenza de justificar el golpe de Estado encabezado por éste y el tal llamado “Gobierno de las FF.AA. y de rden” administrado con poderes prácticamente absolutos por el Dictador.
En la medida que Izurieta ha hecho tal justificación, está tácitamente diciendo que bajo similares circunstancias, él o cualquier otro General de la República estaría plenamente justificado en repetir la "gesta" de Pinochet.
Esto es absolutamente inaceptable en la medida que refleja una postura de insubordinació n ante el poder civil por su naturaleza altamente deliberante y sediciosa.
En efecto, la Presidenta de la República autorizó a Izurieta a rendirle honores a Pinochet única y exclusivamente en su calidad de ex Comandante en Jefe del Ejército y, por tanto, Izurieta debió haber restringido su homenaje a tal calidad. En la medida que su discurso elaboró y tuvo la osadía de justificar al Pinochet político y golpista, Izurieta infringió la autorización que recibió, incurriendo en abierta insubordinació n frente al poder civil al que debe obediencia y respeto. Esto debería ser suficiente para removerlo de su cargo.
Sin embargo, Izurieta fue más allá con su justificación del golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, haciendo pública su postura altamente sediciosa en la medida que tal justificación busca validar la ilegalidad e ilegitimidad del golpe mismo y del tal llamado “Gobierno de las FF.AA. y de Orden” que Pinochet le impuso al país por 17 años por la fuerza de las armas. En efecto, los Artículos 3, 4 y 22 de la Constitución Política de la República de Chile vigente al 11 de septiembre de 1973, establecían claramente:
"Art. 3.- Ninguna persona o reunión de personas pueden tomar el título o representació n del pueblo, arrogarse sus derechos, ni hacer peticiones en su nombre. La infracción de este artículo es sedición."
"Art. 4.- Ninguna magistratura, ninguna persona, ni reunión de personas pueden atribuírse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido por las leyes. Todo acto en contravención a este artículo es nulo."
"Art. 22.- La fuerza pública es esencialmente obediente. Ningún cuerpo armado puede deliberar.
En la medida que Augusto Pinochet violó reiteradamente los artículos citados a pesar de que para otros efectos invocaba la Constitución que los incluía, la única conclusión posible es que los poderes que se atribuyó no tenían ninguna legalidad ni legitimidad. (*)
Por tanto, se sigue necesariamente que el discurso de Izurieta ha justificado la ilegalidad e ilegitimidad del golpe de Estado de 1973 y la dictadura pinochetista.
En la medida que los discursos de los Comandantes en Jefe establecen la doctrina con que manejan las instituciones militares bajo sus órdenes, tenemos lo que ciertamente podemos llamar "la doctrina Oscar Izurieta": los golpes de Estado en violación al ordenamiento constitucional vigente están justificados en cualquier situación de conflicto que el Comandante en Jefe considere insuperable, tal como hizo Pinochet en 1973.
La aberración de esta doctrina tácitamente incluida en el discurso de Izurieta ante el féretro de Pinochet, obliga a la Presidenta de la República a removerlo de su cargo pues refleja una ideología incompatible con el ordenamiento democrático del país, por precario y parcial que tal ordenamiento sea.
Si la Presidenta de la República falta a su obligación de defender la democracia como cuestión de principio, estará pavimentando el camino para el próximo "putch" militar, "tanquetazo" , "boinazo", "ejercicio de enlace" o total desmantelamiento de las instituciones republicanas, tal como ocurrió el 11 de septiembre de 1973 --un desmantelamiento plenamente justificado según el sedicioso General de la República, Oscar Izurieta.
(*) Ciertamente se podría argumentar que a pesar de todo lo señalado, Augusto Pinochet fue legitimizado como “Presidente de la República” en virtud del pebiscito que aprobó la Constitución de 1980. Sin embargo, incluso si aceptamos este razonamiento como válido, el mismo razonamiento implica reconocer la ilegalidad e ilegitimidad de su gobierno por lo menos desde 1973 a 1980. Además, incluso el plebiscito que convocó es cuestionable en virtud de los mismos artículos citados, un debate en el cual no es necesario entrar pues el hecho es que tal plebiscito fue realizado sin registros electorales ni control democrático alguno y la ciudadanía se vio obligada a participar bajo la presión sicológica de los fusiles del Dictador, lo que invalida sus resultados desde todo punto de vista democrático.
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