PRINCIPALES REFORMAS A LA CONSTITUCIÓN:
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-Fin de los senadores designados y vitalicios. A partir del 11 de marzo de 2006 el Senado quedará íntegramente formado por 38 miembros elegidos por votación popular.
-Se elimina la función de las Fuerzas Armadas de ser "garantes de la institucionalidad".
-Hijos de padre o madre chilenos nacidos en el extranjero son chilenos por derecho propio, sin necesidad de avecindarse por más de un año en Chile.
-El mandato presidencial se rebajará de 6 a 4 años sin reelección inmediata.
-El Consejo de Seguridad Nacional (COSENA) ya no podrá auto convocarse; deberá llamarlo únicamente el Presidente de la República.
-Los estados de Asamblea (guerra externa) y de Sitio (guerra o grave conmoción interna) serán declarados por el Presidente de la República con acuerdo del Congreso Nacional.
-Las comisiones investigadoras de la Cámara de Diputados tendrán rango constitucional y podrán llamar a declarar a un Ministro de Estado, quien tendrá la obligación de comparecer.
-Fin de los senadores designados y vitalicios. A partir del 11 de marzo de 2006 el Senado quedará íntegramente formado por 38 miembros elegidos por votación popular.
-Se elimina la función de las Fuerzas Armadas de ser "garantes de la institucionalidad".
-Hijos de padre o madre chilenos nacidos en el extranjero son chilenos por derecho propio, sin necesidad de avecindarse por más de un año en Chile.
-El mandato presidencial se rebajará de 6 a 4 años sin reelección inmediata.
-El Consejo de Seguridad Nacional (COSENA) ya no podrá auto convocarse; deberá llamarlo únicamente el Presidente de la República.
-Los estados de Asamblea (guerra externa) y de Sitio (guerra o grave conmoción interna) serán declarados por el Presidente de la República con acuerdo del Congreso Nacional.
-Las comisiones investigadoras de la Cámara de Diputados tendrán rango constitucional y podrán llamar a declarar a un Ministro de Estado, quien tendrá la obligación de comparecer.
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