Quinta Demanda Civil en contra del Estado
Estimados compañeros, amigos y público en general:
Una vez más nos encontramos en este lugar, con motivo de la presentación de la quinta Demanda Civil en contra del Estado, de la Unión de Ex Prisioneros Políticos de Chile con la participación de 600 sobrevivientes de prisión política y tortura llegando con esto a los tres mil demandantes.
Quisiera aclarar qué sentido tiene para nosotros la presentación de este libelo en contra del Estado.
Tiene el sentido de expresarle formalmente al gobierno nuestro más sentido rechazo a la forma en que se ha abordado el tema de los Derechos Humanos en nuestro país.
Queremos decir no! a la publicidad engañosa con que el gobierno embauca a la opinión pública nacional e internacional, presentándose como los paladines de la justicia, le queremos decir no! al cinismo con que por un lado el gobierno se postula a la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, mientras que por el otro, no cumple con suscribir los tratados internacionales que están pendientes y no respeta lo ya firmados, y que hoy son parte de nuestro Código Penal, como por ejemplo el Artículo 14 de la Convención Contra la Tortura y otros Tratos Crueles Inhumanos y Degradantes la cual establece que ..........Todo Estado Parte velará por que su legislación garantice a la víctima de un acto de tortura la reparación y el derecho a una INDEMNIZACIÓN JUSTA Y ADECUADA, incluidos los medios para su rehabilitación lo más completa posible. En caso de muerte de la víctima como resultado de un acto de tortura, las personas a su cargo tendrán derecho a indemnización...
Queremos decir no! al deprecio e insensibilidad del gobierno para con los ex prisioneros políticos de Chile.
Queremos decir no! a la impunidad.
Exigimos JUSTICIA, así como nosotros y el mundo de los Derechos Humanos lo entiende, establecer la verdad, castigar a los culpables, y reparar a los sobrevivientes en forma justa y adecuada de acuerdo al daño causado.
Acusamos al CDE de utilizar todo tipos de artimañas y ardides para entorpecer el justo derecho de las víctimas a demandar colectivamente y a obtener por parte del Estado una indemnización justa y adecuada de acuerdo al daño causado, acción responsable de que estas demandas civiles se eternizan en los tribunales en desmedro del derecho de las víctimas a recibir una atención rápida y expedita y en desmedro de la justicia. JUSTICIA QUE TARDA ES DENEGACIÓN DE JUSTICIA!!!
Como es posible que la mayoría de los juicios de DD.HH. lleven alrededor de 16 años de tramitación, eso equivale a decir, ninguna víctima ha recibido la reparación a la que tiene derecho, es una vergüenza es un descaro, esto es cinismo puro, además un atropello a la lógica y al sentido común, va contra toda Ética y Moral. Contraviniendo los buenos deseos de toda la comunidad internacional que se ha expresado categóricamente en contra de esas innobles prácticas.
Nuestra orgánica desde hace mucho tiempo, específicamente desde nuestro Segundo Encuentro Nacional el 9,10 y 11 de Octubre de 2004 en Osorno, que reconocimos la necesidad de una reforma procesal civil, tanto así que se transformó en uno de los principales acuerdos de ese encuentro. Si somos capaces de impulsar esta reforma no sólo nos favorecería a nosotros los ex prisioneros políticos sino que también favorecerán los procesos que enfrentan los familiares de ejecutados y desaparecidos y a toda persona que haya sido víctima de un hecho que le signifique un daño que se deba resarcir.
Es decir compañeros con mucha clarividencia fuimos capaces de reconocer, uno de los escollos más grandes que deberíamos enfrentar aparte de la falta de voluntad política de los gobiernos de la Concertación que han sido otro gran componente obstaculizador para lograr Justicia, así como nosotros la entendemos.
Queridos compañeros una vez más queremos expresar nuestras exigencias que las resumimos en nuestras tres tesis que consisten en:
1. INDEMNIZACIÓN POR ENCARCELAMIENTO INDEBIDO Y TORTURA:
El Estado debe hacerse responsable del inmenso daño que afecta a decenas de miles de víctimas en Chile.
Es un Derecho fundamental e internacionalmente reconocido: "Todo Estado Parte velará por que su legislación garantice a la víctima de un acto de tortura la reparación y el derecho a una indemnización justa y adecuada, incluidos los medios para su rehabilitación lo más completa posible. En caso de muerte de la víctima como resultado de un acto de tortura, las personas a su cargo tendrán derecho a una indemnización". (Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, Artículo 14)
Una indemnización justa y adecuada, junto con respetar normas internacionales, ofrece notables ventajas:
•a) Es heredable. La indemnización cubre el daño de la familia, puesto que el daño fue transversal.
•b) Dado el largo tiempo transcurrido, es conveniente que el grueso de la reparación tenga ese carácter.
•c) El Estado tiene gran superávit que permite se pague una indemnización digna.
El monto debe ser el propuesto en el año 2004; es decir, una indemnización base de UF 2000, más un incremento de UF 10 por cada día de privación de libertad. Además, debe aumentarse la indemnización con un 50% en los casos de víctimas que quedaron inválidas o sufrieron violación sexual.
2. SUBSANAR FALENCIAS DE LA PENSIÓN REPARATORIA DE LA LEY 19.992
Proponemos subsanar las exclusiones y la discriminación. La pensión debe ser compatible con cualquier otro beneficio, como la pensión de exonerado político y que las pensiones asistenciales deben conservarse.
Debe dar derecho a una pensión de sobrevivencia en un 100% (para la viuda o pareja sobreviviente). Su monto debe equipararse a otras pensiones para víctimas de DD.HH., no somos víctimas de segunda clase. Debe dar acceso a beneficios de salud en FONASA, sin descuentos. Exigimos la eliminación del artículo 15, ya que el Estado debe asumir su rol de garante de la justicia y no favorecer la impunidad.
3. GARANTIZAR ACCESO A JUSTICIA RÁPIDA PARA OBTENER REPARACIÓN ADECUADA
La obligación del Estado de indemnizar a las víctimas comprende proporcionar los recursos jurídicos y de reparación a las víctimas directas o a sus parientes próximos. Nuestro país ha suscrito y ratificado diversos instrumentos internacionales que contemplan el derecho de las víctimas a obtener una reparación y adecuar la legislación nacional a dichos convenios, especialmente en la práctica judicial. Se hace absolutamente necesario reformar el procedimiento civil a fin de agilizar las causas y no se eternice la espera por reparación. Exigimos se respete la Resolución 60-147 de 2006, acordada por la Asamblea General de la ONU en la que se fijan los "Principios y Directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de Derechos Humanos y de violaciones graves del Derecho Internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones", elaborado por la Comisión de DD.HH. de la ONU en Ginebra.
Nuevamente el discurso del 21 de mayo de la presidenta echó por tierra los anhelos de justicia para los sobrevivientes de la prisión política y tortura. , y nos siguen obligando a ponernos de pié aún con todas las dificultades de salud propias de nuestra edad, por eso estamos aquí hoy y seguiremos estando el tiempo que sea necesario y que la vida nos permita mientras en Chile no se haga justicia. Entendemos que nada se nos regalará, todo lo que se logre será a través de la lucha judicial y política, sustentada en la UNIDAD y la MOVILIZACIÓN.
Queridos compañeros agradecemos el esfuerzo que han realizado por llegar hasta aquí, admiramos su espíritu de sacrificio y agradecemos el compromiso con nuestra Organización, y como un gesto de lealtad a nuestro querido presidente SALVADOR ALLENDE Y PARA QUE SE ABRAN LAS ANCHAS ALAMEDAS COMO ERA SU DESEO nos comprometemos a no renunciar a nuestra lucha por la justicia en nuestro país.
Nelly Cárcamo Vargas, Vicepresidente de la ONG
"Unión de Ex Prisioneros Políticos de Chile"
Santiago, Plaza de la Constitución, a 30 de mayo de 2008
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