Ministro Rojas: No hay que gasificar la leche
MINISTRO DE AGRICULTURA ANTE POSIBLE SALVAGUARDIA A LÁCTEOS ARGENTINOS
El titular del agro, Alvaro Rojas, aclaró ayer que la probable medida apunta a un sector económico que presenta distorsiones y no directamente a Argentina, descartando nuevamente que sea en represalia por el impasse gasífero.
Por Christian Palma
Foto: Según la Odepa, a mayo, las importaciones lácteas desde el país trasandino aumentaron 230,0% al totalizar 28,6 millones de dólares.
Si bien las autoridades chilenas han asegurado que la posibilidad de aplicar salvaguardias a las importaciones lácteas provenientes de Argentina, no es en represalia por el conflicto originado por los mayores valores del gas natural exportado desde esa nación, sino que obedece a un rubro específico que presenta anomalías, las reacciones en Buenos Aires no se hicieron esperar.Según cita en su edición de ayer el influyente matutino trasandino “La Nación”, fuentes del Ministerio de Economía de ese país, negaron que las exportaciones argentinas a Chile estuvieran provocando algún daño que justificara la aplicación de salvaguardias y menos aún que se esté vendiendo en condiciones de dumping.
Este nuevo episodio que augura nuevas fricciones entre La Moneda y La Casa Rosada, se suma al impasse Bachelet-Kirchner provocado por el mayor impuesto que Chile debe pagar por el hidrocarburo trasandino, además del aumento que deben cancelar los automovilistas con patente extranjera en las ciudades limítrofes. Todo condimentado con llamados a no olvidar la participación chilena en la Guerra de las Malvinas y rumores de enojos y decepciones que han enrarecido el ambiente, llevando la relación entre ambas naciones a su nivel más bajo en años.
No es contra Argentina
En este teatro de operaciones, ayer el ministro de Agricultura, Alvaro Rojas, aclaró que la posibilidad de aplicar restricciones arancelarias a los productos lácteos trasandinos apunta a un sector económico específico y no al país vecino en su conjunto.
“No es para la leche argentina en particular, sino a la importación de lácteos en general. La salvaguardia va hacia un rubro, no va hacia países. No obstante, más del 75% de las importaciones provienen hoy día de Argentina, país que ha inundado (el mercado) con leche, pero no va contra de un país específico”, sostuvo.
El martes, el titular del agro respaldó a los productores lecheros aglutinados en la Federación de Nacional de Productores de Leche (Fedeleche), los cuales presentarán -a más tardar el próximo martes- a la Comisión de Distorsiones una solicitud para fijar una sobretasa de al menos 20% a las importaciones de leche en polvo, queso gauda y la leche líquida, entre otros productos argentinos, para paliar la baja que se prevé afectará a la leche de primavera.
En esta línea, el secretario de Estado precisó que esa medida no significa que Chile esté haciendo una denuncia de dumping contra los productores trasandinos, sino que sólo da cuenta de una preocupación por la industria local, “afectada por un problema de competitividad”, razón por la cual, su eventual aplicación sólo pretende normalizar el mercado nacional, impactado por una importante sobreoferta.
“No hay que gasificar la discusión en torno a la leche”, agregó Rojas al ser consultado por los orígenes de la masiva exportación láctea argentina, cuyos productores pueden acceder a costos menores, como energía, frente a su competencia nacional, centrada en la Novena y Décima Región.
El mercado chileno es de primera importancia para los productores trasandinos. Según la Oficina de Estudios y Políticas Agrarias (Odepa), durante los primeros cinco meses del año, las importaciones lácteas desde el país trasandino aumentaron 230,0% al totalizar 28,6 millones de dólares frente a los 8,6 millones de dólares obtenidos en igual período del año anterior.
La salvaguardia en Chile consiste en una sobretasa o en la eliminación de una preferencia arancelaria. Se impone en casos de aumentos imprevistos de importaciones de un bien, generando daño o amenaza de daño a una rama de producción nacional y están reguladas, conforme al Artículo XIX del GATT de 1994 y el acuerdo sobre salvaguardias de la Organización Mundial de Comercio (OMC). En otros países esta medida puede revestir la forma de una cuota o restricción cuantitativa.
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