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PRIVA DE NACIONALIDAD CHILENA A SERGIO POBLETE GARCES

DECRETO SUPREMO

Ministerio del Interior

PRIVA DE NACIONALIDAD CHILENA A SERGIO POBLETE GARCES

Santiago, 23 de mayo de 1977

El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue:

Num. 515

Considerando:

1.- Que la Constitución Política del Estado contempla como causal de pérdida de nacionalidad chilena el atentar gravemente en contra de intereses esenciales del Estado, desde el extranjero, cuando el país se encuentra en alguna de las situaciones de excepción previstas en el artículo 72, No. 17, de ese cuerpo jurídico fundamental.

2.- Que el Supremo Gobierno ha tomado conocimiento que el ciudadano chileno y ex General de la Fuerza Aérea de Chile, don Sergio Poblete Garcés, ha promovido desde el extranjero una activa campaña destinada a provocar el aislamiento de Chile, recurriendo para ello a calumniosas imputaciones a las máximas autoridades de Gobierno y en contra de los altos mandos de las Fuerzas Armadas, todo lo cual ha tenido una amplia difusión en la prensa europea y en la televisión de Bélgica.

3.- Que esta antipatriótica conducta, ejecutada por medio de a prensa y otros medios de comunicación, se encuentra moralmente sancionada en la Constitución Política del Estado con la pérdida de la nacionalidad chilena.

4.- Que, comprobados como están lo hechos anteriores, es dable concluir que no existe ya vínculo alguna que una a Sergio Poblete Garcés con su Patria, y con el Estado chileno en especial , y

Vistos: la existencia de pruebas que demuestran fehacientemente que el citado individuo, ha atentado gravemente en contra de los intereses esenciales del Estado y del pueblo chileno en general; el informe escrito sobre los hechos emanados del Ministerio de Relaciones Exteriores; que el país se encuentra en una de las situaciones de excepción previstas en el artículo 72, No. 17, de la Constitución Política del Estado, y lo dispuesto en el artículo 6o., No. 4, de la citada Carta Fundamental, y en los decretos leyes No. 175, de 1973; 1301, de 1976, y 1688, de 1977, y en las facultades que me confiere el No. 1 del artículo 10 del decreto ley No. 527, de 1974,

Decreto:

Artículo único: Prívase de la nacionalidad chilena a Sergio Poblete Garcés, por haber incurrido en la causal contemplada en el artículo 6o., No. 4, de la Constitución Política del Estado.

Anótese, tómese razón y publíquese en el Diario Oficial,

Augusto Pinochet Ugarte, General de Ejército, Presidente de la  República

Raúl Benavides Escobar, General de División, Ministro del Interior

Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Relaciones Exteriores

Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda

Pablo Barahona Urzúa, Ministro de Economía

Herman Brady Roche, General de División, Ministro de Defensa

Luis Niemann Núñez, Contralmirante, Ministro de Educación

Fernando Matthei Aubel, General de Brigada Aérea, Ministro de Salud

Sergio Fernández Fernández, Ministro del Trabajo y Previsión Social

Mario Mac-Kay Jaraquemada, General de Carabineros, Ministro de Agricultura

Raúl Vargas Miquel, General de Brigada Aérea, Ministro de Transportes

Lautaro Recabarren Hidalgo, General de Carabineros, Ministro de Tierras  y Colonización

Hugo León Puelma, Ministro de Obras Públicas

Luis Edmundo Ruiz Undurraga, Ministro de la Vivienda y Urbanismo

Mónica Madariaga Gutiérrez, Ministro de Justicia

Luis Enrique Valenzuela Blanquier, Ministro de Minería

Hernan Béjares Gonzalez, General de Brigada, Ministro Secretario General de Gobierno

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. Salud a Ud.,

Enrique Montero Marx, Subsecretario del Interior.

Diario Oficial de la República de Chile, Viernes 23 de septiembre de 1977

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