Blogia
Centros Chilenos en el Exterior

Al profugo Raul Iturriaga Neumann se le cayo un tornillo...

Al profugo Raul Iturriaga Neumann se le cayo un tornillo...
12 de Junio de 2007
 Diario Electronico El Mostrador.

Otrora miembro de la DINA General (R) Iturriaga Neumann desconoce condena y se declara en rebeldía


Ex uniformado calificó de ''arbitraria y sesgada'' la sentencia a cinco años y un día de prisión dictada en su contra por el secuestro calificado del mirista Luis Dagoberto San Martín. ''Abiertamente me rebelo ante esta arbitraria, sesgada, inconstitucional y antijurídica condena, ¡No la acepto!'', señaló en una declaración pública.

El general (R) Raúl Iturriaga Neumann se declaró en rebeldía y desconoció la condena a cinco años y un día que le impuso la Corte Suprema, como autor del secuestro del mirista Luis Dagoberto San Martín.

Iturriaga Neumann, contra quien se dictó una orden de arresto por no presentarse este lunes en una prisión militar para cumplir la condena, manifestó a través de una declaración pública que no acepta la sentencia, que calificó de "arbitraria y sesgada".

"Abiertamente me rebelo ante esta arbitraria, sesgada, inconstitucional y antijurídica condena, ¡No la acepto!", señala la nota del ex militar, quien asegura que fue condenado por un delito “que no he cometido”.

El ministro Alejandro Solís sentenció al ex jefe de Departamento Exterior de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) por la desaparición San Martín, quien tenía 22 años cuando fue detenido el 17 de diciembre de 1975 por efectivos militares y que fue visto por última vez en un centro de torturas.

"El supuesto secuestro (...) habría ocurrido hace 32 años, cuando yo era Mayor de Ejército en servicio activo, recién ascendido del grado de Capitán y luego de graduarme como Oficial de Estado Mayor en la Academia de Guerra, y por mi grado, obviamente, no era de la cúpula de la Dirección de Inteligencia Nacional”, señala.

Pero, además, agrega que el magistrado no pudo comprobar que San Martín permanece secuestrado. " El (juez) tiene el peso de la prueba, no era yo el que debía demostrar mi inocencia. El debía demostrar el delito que me imputa, no lo hizo”, agrega el ex militar.

"Lo he dicho antes y lo reitero ahora: nunca conocí ni vi a Luis Dagoberto San Martín Vergara, nunca lo detuve, ni ordené detenerlo, nunca lo secuestré, ni ordené secuestrarlo”, enfatizó.

El general prófugo también está procesado en el juicio por el asesinato del general Carlos Prats, antecesor de Pinochet en la jefatura del Ejército chileno, que murió en Buenos Aires, junto a su esposa, Sofía Cuthbert, al estallar una bomba colocada en su automóvil, el 30 de septiembre de 1974.

La familia del ex militar, que dice no saber donde se encuentra éste, presentó una denuncia por presunta desgracia, que será investigada por el fiscal Felipe Díaz, de la zona oriente de la Región Metropolitana.

Indebido proceso

Según Iturriaga Neumann, enfrentó, al igual que otros miembros de las Fuerzas Armadas, un "indebido proceso", pues "muchos jueces y ministros del Poder Judicial chileno han trasgredido abierta y vergonzosamente la Constitución y las leyes de mi patria".

"Abiertamente me rebelo ante esta arbitraria, sesgada, inconstitucional y antijurídica condena. No lo acepto", sostuvo.

"Ya he aceptado muchas cosas: he sido prontuariado en varios oportunidades, soportado detenciones, interminables declaraciones, careos con falsos testigos, humillaciones, doble estándar, parcialidad, exámenes psicológicos, sufrimientos de mi familia y mis amigos, pérdida de trabajo, caos financiero personal, persecución política judicializada, etc. ¿Debemos seguir aceptando esto? ¡Yo no! ¡Ya no más!”, añade.

El ex militar asegura que los tribunales han interpretado “torcidamente” las leyes y los convenios internacionales, "con el objeto de dictaminar que los supuestos delitos son imprescriptibles e inamnistiables".


---------------------------------------------------------------------------------

12 de Junio de 2007


Nombran fiscal para investigar paradero de general (R) Iturriaga Neumann


Felipe Díaz asumirá denuncia por presunta desgracia presentada por los familiares del ex uniformado, quien el lunes no se presentó a cumplir una condena por violaciones a los derechos humanos.

El fiscal Felipe Díaz, de la zona oriente de la Región Metropolitana, fue designado para investigar el paradero del general retirado Raúl Iturriaga Neumann.

Díaz asumirá la denuncia por presunta desgracia presentada por los familiares del ex uniformado, quien el lunes no se presentó a cumplir una condena por violaciones a los derechos humanos.

Según el vocero de la Ministerio Público Oriente, Mario Schilling, el fiscal ya ordenó las primeras diligencias a personal de la Brigada Investigadora de Ubicación de Personas (BIUP) de la policía civil.

Iturriaga Neumann, de 69 años, fue sentenciado a cinco años y un día de reclusión por su participación en el secuestro calificado del militante del MIR Luis Dagoberto San Martín Vergara.

El ex militar es uno de los que más se ha opuesto a las condenas dictadas por los ministros que indagan los abusos de la dictadura.
------------------------------------------------------------------------------------
DECLARACION  PÚBLICA  DEL  GENERAL  DE  EJÉRCITO EDUARDO  ITURRIAGA  NEUMANN


¿LA JUSTICIA CHILENA PUEDE CONDENAR A ALGUIEN POR UN DELITO QUE NO HA COMETIDO?

Yo, General de División Eduardo Iturriaga Neumann he sido condenado por la Sala Penal de la Corte Suprema por el delito  de secuestro calificado... delito que no he cometido.

El supuesto secuestro del mirista Luis Dagoberto San Martin Vergara habría ocurrido hace 32 años , cuando  yo era Mayor de Ejército en servicio activo, recién ascendido del grado de Capitán y luego de graduarme como Oficial de Estado Mayor en la Academia de Guerra, y por mi grado, obviamente, no era de la cúpula de la Dirección de Inteligencia Nacional.

Se me ha condenado por el delito de secuestro, delito no acreditado en el proceso. Pedí concretamente al Ministro Alejandro Solís, que sentenció en primera instancia, que investigara el secuestro, no lo hizo. Si el ministro me procesó por secuestro, el debió demostrar que el mirista Luis Dagoberto San Martin Vergara, esta vivo y secuestrado por mí. El tiene el peso de la prueba, no era yo el que debía demostrar mi inocencia.  El debía demostrar el delito que me imputa, no lo hizo.

Lo he dicho antes y lo reitero ahora: nunca conocí ni vi a Luis Dagoberto San Martin  Vergara, nunca lo detuve, ni ordené detenerlo, nunca lo secuestré, ni ordené secuestrarlo. Invito a revisar el expediente del proceso para ver si se encuentra alguna prueba de que Eduardo Iturriaga Neumann, ordenara alguna de las acciones detalladas.

Fui sometido a un indebido proceso, al igual que aproximadamente 500 integrantes de las FF.AA. y de Orden, de los cuales ya hay varios condenado por la misma razón, ante la mirada complaciente del gobierno e instituciones que no funcionan para defender los derechos que tenemos y que justamente reclamamos.

Muchos jueces y ministros del Poder Judicial chileno han trasgredido abierta y vergonzosamente la Constitución y las leyes de mi patria. Y esta no es solo mi opinión; lo dicen distinguidos y reconocidos 
constitucionalistas y juristas de nuestro país.

Abiertamente me rebelo ante esta arbitraria, sesgada, 
inconstitucional y antijurídica condena.

¡ NO LA ACEPTO !

Ya he aceptado muchas cosas: he sido prontuariado en varios oportunidades, soportado detenciones, interminables declaraciones, careos con falsos testigos, humillaciones, doble estándar, parcialidad, exámenes psicológicos, sufrimientos de mi familia y mis amigos, pérdida de trabajo, caos financiero personal, persecución política judicializada, etc.

¿DEBEMOS SEGUIR ACEPTANDO ESTO?

¡YO NO! ¡YA NO MÁS!

Aclaro lo anterior:

1.- El Ministro Solís, al igual que otros jueces y ministros, interpreta torcidamente la ley con el objeto de procesar y condenar por secuestro, como si los integrantes de las FF.AA. y de Orden fueran particulares.

La doctrina y jurisprudencia son unánimes en considerar que los miembros de las instituciones militares chilenas tienen el carácter de empleados públicos. Un ejemplo del doble estándar existente cuando se trata de integrantes de las FF.AA. y de Orden, esta dado por la actuación del abogado querellante en varias causas, Nelson Caucoto,  quien en sus querellas dice que somos particulares, para tipificar el delito de secuestro, y luego, con el objeto de cobrar jugosas indemnizaciones, estipula que “todos los individualizados en el auto acusatorio, todos agentes del estado, o sea empleados públicos....”

2.-Los ministros de la Corte de Apelaciones Juan González y Alejandro Madrid, ratifican lo establecido por la condena de primera instancia, en contra de lo que establece en su informe el fiscal de esa corte don Benjamín Vergara y del voto de minoría , ministro señor Muñoz Pardo, quienes citando declaraciones existentes en el expediente, manifiestan que ... “la mayor presunción es de que el mirista San Martin Vergara, haya fallecido, y que el  secuestro permanente al que 
alude la sentencia carece de asidero, tanto respecto a lo en los autos acreditado, cuanto lo que de la lógica y sentido común se puede desprender...”.

4.-Algunos ministros y jueces, con toda mala intención, interpretan torcidamente además, los Convenios y los Tratados Internacionales, con el objeto de dictaminar que los supuestos delitos son imprescriptibles e inamnistiables.

Así, establecen que los Convenios de Ginebra impiden aplicar prescripción y amnistía, cuando el protocolo II, de estos Convenios, artículo 6 n° 5, concretamente establece...  “A la cesación de las hostilidades, las autoridades en el poder, procuraran conceder la 
amnistía más amplia posible a las personas que hayan tomado parte en el conflicto....”

También aplican Tratados o Convenios internacionales no ratificados por mi país, como los relacionados con, los crímenes de guerra y de lesa humanidad, no existentes ni tipificados en nuestra Constitución 
y en nuestras leyes.

Por lo anterior y otras razones legales invocadas, interpuse una Querella de Capítulos, por el delito de prevaricación en contra de los ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago Juan González Zúñiga y Alejandro Madrid Crohare, porque ...   “A sabiendas fallaron contra ley expresa...”, y por ...  “Negligencia o ignorancia inexcusable...”, según señala el Código Penal.  Lo anterior, hasta el momento sin resultados.

5.-El Ministro Rubén Ballesteros integrante de la Sala Penal que me ha condenado, en su voto disidente y que me favorece, al final de su detallada y  jurídica exposición establece: .......no se puede aceptar “el quebrantamiento de los principios que informan y reglan  la aplicación del Derecho Penal, entre ellos el de reserva o legalidad que garantiza que solamente la ley puede crear figuras delictivas y determinar sus penas, que lo hechos imputados solo pueden sancionarse como determinados delitos siempre que hayan sido establecidos con anterioridad a la época en que ocurren y que la ley penal al configurar y establecer delitos y penas, debe reherirse a los hechos que lo constituyen. Fluyen de estas reglas los principios de legalidad, irretroactividad y de tipicidad. Esta reflexión se formula 
por este disidente, en vista que pareciera que lo perseguido en materias como las que motivaron la presente causa, es que debe imponerse sanción a toda costa, y que quienes quebrantan la ley penal pueden verse expuestos a ser sancionados mediante estatutos  diferentes, unos en una forma y otros con normas diversas, con grave quebrantamiento del principio de igualdad que informa tanto el derecho nacional como el internacional.

6.-Ya hace casi dos años, que con la ayuda de expertos en materias constitucionales y penales, preparé una carpeta que titulé “TRANSGRESIONES A LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES COMETIDAS EN LOS 
PROCESOS A LOS INTEGRANTES DE LA FF.AA. Y DE ORDEN”

Esta carpeta ha sido presentada y explicada entre otros a: la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado, personalmente al Presidente del Senado y a la Cámara de Diputados. Todo lo anterior sin resultados.

6.-En junio del año 2006 presenté un Recurso de Inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional, debido a que este tribunal tiene la atribución de...“Resolver la inaplicabilidad de un precepto legal, cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal 
ordinario o especial, resulte contraria a la Constitución”. Dicho Tribunal declaró inadmisible mi requerimiento.

¡¡ HACE AÑOS QUE NO SE ACEPTAN MIS JUSTAS APELACIONES, ESCRITOS,  REQUERIMIENTOS Y PRESENTACIONES!!

¡¡HACE AÑOS QUE ACEPTO INJUSTICIAS DE LA JUSTICIA!!

¡¡¡¡¡¡¡         YA    NO   MÁS             !!!!!!!

 

 

0 comentarios