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En libertad primeros procesados por Conferencia

En libertad primeros procesados por Conferencia

LOS DOS EX AGENTES SE MANTIENEN ENCAUSADOS POR EL CRIMEN DE VÍCTOR DÍAZ

El beneficio lo otorgó la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, al brigadier (R) Jorge Escobar Fuentes y al ex empleado civil del Ejército Eduardo Garea Guzmán. Son los primeros de los últimos 56 procesados este año en la causa que lo obtienen.


Jorge Escalante
La Nación

Foto: El juez Víctor Montiglio negó el conocimiento del expediente de su investigación a los abogados de los procesados. 

Los primeros procesados en la causa Calle Conferencia que permanecían bajo arresto, pertenecientes a la última fase indagatoria de ese juicio posibilitada por los nuevos antecedentes recabados a partir de enero de 2007, fueron dejados ayer en libertad provisional por la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, previo pago de una fianza de 100 mil pesos cada uno.

Si bien sus encausamientos dictados por el ministro Víctor Montiglio se mantienen, en votación dividida la sala concedió la libertad provisional del ex agente civil de la DINA Eduardo Garea Guzmán, y del brigadier (R) también ex integrante de ese organismo Jorge Escobar Fuentes, en este caso por decisión unánime de la sala.

Ambos permanecen procesados como coautores del secuestro con homicidio del dirigente comunista Víctor Díaz López, ocurrido a comienzos de 1977 en el ex cuartel clandestino de la DINA ubicado en calle Simón Bolívar 8630 en la comuna de La Reina, hasta hace poco desconocido.

La nueva fase indagatoria del juez Montiglio y la Brigada de Asuntos Especiales y Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones, fue posible por antecedentes aportados en enero pasado por un ex mozo del ex jefe de la DINA Manuel Contreras, y por el ex empleado civil del Ejército adscrito a la DINA y luego a la CNI Carlos Marcos Muñoz. Éste se suicidó el jueves pasado al interior del Batallón de Policía Militar en Peñalolén, donde permanecía arrestado.

A partir de enero Montiglio procesó a 56 ex agentes que integraron la Brigada Lautaro y el Grupo Delfín, cuyas identidades no se conocían hasta esa fecha. Todos operaron en Simón Bolívar para exterminar principalmente a la dirigencia comunista en la clandestinidad. A ellos se suman otros nueve encausados previamente por el juez Juan Guzmán por el secuestro y homicidio de la dirigenta PC Marta Ugarte. El ex agente Garea se encuentra también declarado reo por el crimen de Ugarte.

En el caso de Garea, el ministro Montiglio había denegado su libertad provisional considerándolo un peligro para la sociedad. Este ex agente también está procesado por el secuestro y desaparecimiento en 1976 del matrimonio comunista Bernardo Araya y Olga Flores, y ha sido reconocido por ex prisioneros en careos como uno de quienes aplicaba las torturas en el centro de detención encubierto conocido como Calle Venecia.

En el caso de Escobar Fuentes, éste comandó una muy poco conocida Brigada de Contrainteligencia que la DINA formó presumiblemente en 1976, y según algunos encausados también habría operado en Simón Bolívar. Fue defendido por el abogado Cristián Heerwagen y Garea por el ex abogado de Manuel Contreras, Juan Carlos Manns.


CORTE MANTUVO CONDENAS CON REBAJAS

Por el secuestro y desaparición en diciembre de 1974 del mirista Dagoberto San Martín Vergara, la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema mantuvo, con dos rebajas, las condenas del ex jefe de la DINA, general (R) Manuel Contreras, del ex jefe del Departamento Exterior de la DINA, brigadier (R) Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, y del ex jefe del Grupo Águila de ese organismo, brigadier (R) Miguel Krassnoff Martchenko. La sala exculpó del caso al ex agente Gerardo Urrich.

En el caso de Contreras la sala aplicó rebaja de 15 a 10 años de presidio, para Iturriaga de 10 años a cinco años, y a Krassnoff le mantuvo los cinco años. Éstos fueron condenados por el ministro Alejandro Solís y la Corte de Apelaciones había mantenido las penas dictadas por él.

El abogado querellante Nelson Caucoto declaró que “aquí lo relevante es que la Corte Suprema mantiene el criterio de condenar los crímenes de lesa humanidad de acuerdo con la legislación penal internacional, y las rebajas de las condenas son una cuestión secundaria”.

 

 

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